El TSJC ordena ejecutar la anulación parcial del decreto del catalán en las aulas

El TSJC ordena ejecutar provisionalmente la anulación parcial del decreto lingüístico catalán, afectando a los proyectos lingüísticos de los centros.

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Fachada del Tribunal Superior de Justicia de Catalunya David Zorrakino - Europa Press

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El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha acordado la ejecución provisional de la sentencia que dejó sin efecto, de forma parcial, el Decreto 91/2024 que regula el régimen lingüístico del sistema educativo catalán, según consta en la resolución a la que ha tenido acceso Europa Press.

La resolución judicial, que estima en parte el recurso interpuesto por la Asamblea por una Escuela Bilingüe (AEB), determina que, mientras el Tribunal Supremo no se pronuncie sobre los recursos de casación presentados, los preceptos del Decreto que fueron anulados total o parcialmente quedarán suspendidos y no podrán aplicarse.

En septiembre del año pasado, el TSJC declaró nulos, en todo o en parte, más de una decena de artículos de este decreto, aprobado por el Govern en mayo de 2024 con el objetivo de aportar seguridad jurídica a los centros en la elaboración de sus proyectos lingüísticos y reforzar el uso del catalán como lengua de uso habitual y vehicular al “contravenir” los artículos 3, 14 y 27 de la Constitución.

Los artículos que el tribunal consideró nulos de pleno derecho fueron los 2c, 2d y 2e, relativos a las finalidades, los 4.1, 4.2, 4.3 y 4.5 sobre el uso de las lenguas, el artículo 6 salvo el apartado que se refiere a la rotulación, el 7.2 sobre lengua castellana, el 9.3b sobre lenguas extranjeras y los 10.1 y 10.2 sobre acogida y atención lingüística del alumnado recién incorporado.

Asimismo, quedaron anulados el 8a, vinculado a las finalidades del proyecto lingüístico, los artículos 19.1e, 19.1f, 19.2a, 19.2b y 19.2d sobre los contenidos del proyecto lingüístico, y el 24.2a, 24.2b y 24.2f, que regulan los mecanismos e indicadores para el seguimiento del proyecto lingüístico, además del artículo 33 sobre centros educativos y el 34.1 relativo a centros privados sostenidos con fondos privados.

La ejecución provisional incide directamente en los proyectos lingüísticos de los centros educativos, y la AEB ha reclamado al Departamento de Educación que acate sin demora la ejecución provisional de la sentencia, según ha hecho público la propia entidad en un comunicado.

AEB

La AEB ha impulsado en distintos centros la revisión de los proyectos lingüísticos y subraya que, tras la ejecución de la sentencia, no se puede sancionar a docentes ni a estudiantes por emplear el castellano en el ámbito escolar: “Cualquier intento de hacerlo carecería de base legal, al apoyarse en normas que han sido anuladas por el Tribunal”.

La entidad también señala que está ofreciendo asesoramiento y respaldo jurídico a aquellos profesores que han sido objeto de expedientes y sanciones por impartir sus clases y proporcionar materiales en castellano a su alumnado.