El TSJCV descarta investigar a Mazón al no apreciar delito en su gestión de la dana

El TSJCV archiva la causa respecto a Carlos Mazón por la dana de 2024 al no ver base objetiva para atribuirle responsabilidad penal.

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El 'expresident' de la Generalitat y diputado del PP en Les Corts, Carlos Mazón, en imagen de archivo José Cuéllar/Corts Valencianes

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Votos

Partido Escaños Votos Porcentaje
PP 33 +2 438.096 35.47%
PSOE 30 +2 379.703 30.74%
VOX 14 +1 233.757 18.92%
U.P.L. 3 +3 53.805 4.35%
XAV 1 = 11.307 0.91%
SY 1 -2 8.728 0.70%
IU-MS-VQ 0 = 27.605 2.23%
SALF 0 = 17.351 1.40%
PODEMOS - AV 0 = 9.225 0.74%
PACMA 0 = 5.027 0.40%
ESCAÑOS EN BLANCO 0 = 4.762 0.38%
Cs 0 -1 4.320 0.34%
NUEVECYL 0 = 4.207 0.34%
VBM 0 = 3.543 0.28%
PCAS-TC 0 = 3.051 0.24%
ESPAÑA VACIADA 0 = 2.991 0.24%
C. Bierzo 0 = 1.946 0.15%
PCTE 0 = 1.688 0.13%
VP 0 = 1.641 0.13%
MUNDO+JUSTO 0 = 1.555 0.12%
PREPAL 0 = 869 0.07%
FE de las JONS 0 = 789 0.06%
P. ALANTRE 0 = 383 0.03%
PANCAL-URCI 0 = 289 0.02%
SAE 0 = 106 0.01%

Escaños (82)

Mayoría: 42
PP 33 escaños
PSOE 30 escaños
VOX 14 escaños
U.P.L. 3 escaños
XAV 1 escaños
SY 1 escaños

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El pleno de la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) ha decidido por unanimidad no abrir diligencias contra el expresidente de la Generalitat Valenciana Carlos Mazón por su actuación durante la dana del 29 de octubre de 2024, al no apreciar “un fundamento sólido y objetivo” que permita concluir que los hechos recogidos en la exposición elevada por la magistrada de Catarroja que instruye la causa “revistan carácter de delito”.

Los cinco magistrados que forman este órgano judicial rechazan así asumir la competencia para iniciar un procedimiento penal contra Mazón y fundamentan esencialmente su resolución en que el ex jefe del Consell no tenía la condición de garante de un deber u obligación concretos, presupuesto exigido, entre otros extremos, para la persecución del delito de homicidio por imprudencia en su modalidad de comisión por omisión.

El auto, notificado este lunes, da respuesta a la exposición razonada remitida el pasado 24 de febrero por la jueza que instruye los hechos en el Tribunal de Instancia de Catarroja, en la que solicitaba al alto tribunal valenciano que investigase al ex presidente de la Generalitat, actualmente diputado en Les Corts y, por ello, aforado ante la máxima instancia judicial de la Comunitat Valenciana.

La resolución del TSJCV, de 70 páginas, se limita a analizar la eventual responsabilidad penal del expresidente de la Generalitat y acuerda el archivo de las actuaciones respecto a su persona, sin pronunciarse sobre la situación procesal de la exconsellera de Justicia y Emergencias Salomé Pradas ni del ex secretario autonómico de Emergencias Emilio Argüeso, quienes continúan investigados en la causa.

En fechas recientes, la Fiscalía del TSJCV había emitido un informe en el que solicitaba al tribunal la devolución de las actuaciones al juzgado de origen para proseguir con la investigación, al entender que en el estadio procesal actual no existían “indicios suficientes de criminalidad” contra Carlos Mazón por la gestión de la riada, si bien apuntaba que no era “descartable” que el escenario probatorio pudiera modificarse con nuevas diligencias de instrucción, como declaraciones testificales o la incorporación de documentación.

Finalmente, el TSJCV ha optado también por no investigar a Mazón. Los cinco magistrados que han adoptado esta decisión sobre el 'expresident' son el presidente del TSJCV, Manuel Baeza, Pía Calderón (ponente), José Francisco Ceres, Antonio Ferrer y Vicente Torres.

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