Tribunales

El TSJM confirma la condena a la exalcaldesa de Móstoles Noelia Posse por vulnerar derechos de dos funcionarias

El TSJM confirma la condena a Noelia Posse por vulnerar derechos fundamentales de dos funcionarias cesadas tras una asamblea sindical en 2021.

2 minutos

Comenta

Publicado

2 minutos

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha confirmado una sentencia previa contra la exalcaldesa de Móstoles, Noelia Posse, al considerar acreditado que vulneró los derechos fundamentales de dos funcionarias a las que cesó en mayo de 2021 tras su participación en una asamblea sindical.

Así se recoge en una resolución a la que ha tenido acceso Europa Press, en la que los magistrados desestiman el recurso de suplicación presentado por Posse frente al fallo del Juzgado de lo Social n.º 1 de Móstoles, dictado en junio de 2024, que la condenó a pagar a cada una de las demandantes una compensación de 7.501 euros.

La Sala impone además a la recurrente la pérdida del depósito y de la consignación efectuados para recurrir, y la obliga a abonar 800 euros en concepto de honorarios al letrado de la parte impugnante.

En la sentencia, los magistrados subrayan que es “evidente” que se denunció “la vulneración de la garantía de la indemnidad por lo que el procedimiento de tutela de los derechos fundamentales es el adecuado y es evidente que se puede acumular una indemnización de daños y perjuicios ya sean materiales o morales por la vulneración que se dice haber sufrido”.

Demanda por vulneración de derechos fundamentales

La resolución ahora ratificada estimaba de forma parcial la demanda de tutela de derechos fundamentales presentada por las dos empleadas municipales del Ayuntamiento de Móstoles contra el propio Consistorio y contra Noelia Posse.

El juez de instancia declaró que se había producido una lesión del derecho fundamental a la tutela judicial efectiva de las demandantes únicamente por parte de la exregidora, a la que condenó a satisfacer a cada una de ellas una indemnización de 7.501 euros por daños morales, absolviendo al Ayuntamiento de cualquier responsabilidad.

Las trabajadoras formularon demanda por vulneración de derechos fundamentales sosteniendo que los ceses constituyeron una represalia por su intervención en la Asamblea de afiliados del sindicato UGT de 6 de Mayo de 2021, en la que participaron como afiliadas, siendo apartadas de sus puestos de administrativa y secretaria, respectivamente, mediante Decreto de 10 de Mayo de 2021 dictado por orden de la exalcaldesa de Móstoles.

En dicha asamblea sindical, las funcionarias manifestaron su desacuerdo con que el sindicato continuara las negociaciones con el Ayuntamiento de Móstoles para pactar las bases de los procesos de consolidación y estabilización del personal.

El magistrado de lo Social concluyó que, ante la ausencia de una justificación objetiva y razonable por parte de la dirigente socialista, procedía declarar la nulidad de los ceses acordados por Decreto de 10 de Mayo de 2021 por vulnerar el derecho a la tutela judicial efectiva en su vertiente de garantía de indemnidad. No obstante, precisó que las afectadas no podían ser reincorporadas a sus anteriores puestos al tratarse de cargos de carácter temporal y transitorio.

En consecuencia, se condenó a Noelia Posse a abonar a cada una de las demandantes la suma de 7.501 euros en concepto de daños morales derivados de la vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva en su vertiente de garantía de indemnidad.