El TSJPV ratifica los 11 años de cárcel a un hombre por agredir sexualmente a su expareja mientras dormía

El TSJPV confirma la condena de 11 años de prisión a un hombre por agredir sexualmente a su expareja tras acceder sin permiso a su vivienda.

1 minuto

Sede del TSJPV EUROPA PRESS

Sede del TSJPV EUROPA PRESS

Comenta

Publicado

1 minuto

La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco ha ratificado la pena de 11 años de prisión impuesta por la Audiencia de Bizkaia a un hombre por agredir sexualmente a su expareja, a la que sorprendió mientras dormía en su domicilio, al que entró sin autorización.

El Alto Tribunal Vasco desestima el recurso presentado por el condenado contra la sentencia de la Audiencia vizcaína, que le declaró responsable de un delito de allanamiento de morada en concurso con un delito de agresión sexual con acceso carnal, apreciando además la circunstancia agravante de parentesco.

En su fallo, la Audiencia de Bizkaia otorgó plena credibilidad a “la declaración sin fisuras, contradicciones o ambigüedades” de la víctima y a los “relevantes indicadores periféricos” que respaldaban su testimonio. En la resolución se indicaba que los hechos probados evidenciaban “un ataque a la libertad sexual de la víctima impuesto con violencia e intimidación en el marco de una ruptura no deseada”.

Ante el TSJPV, el acusado sostuvo que el testimonio de la mujer no fue “consistente”, que no existía corroboración periférica y que no se había practicado prueba de cargo suficiente para desvirtuar la presunción de inocencia, entre otros argumentos. No obstante, el tribunal superior rechaza estas tesis y subraya que la declaración de la denunciante es “consistente y racional” y que la inferencia probatoria de la Audiencia vizcaína “está razonada suficientemente”.

En consecuencia, el TSJPV confirma íntegramente la sentencia dictada por la Audiencia de Bizkaia. El fallo aún no es firme y puede ser impugnado mediante recurso de casación ante el Tribunal Supremo.