El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha resuelto que la Consellería de Medio Ambiente e Cambio Climático está obligada a mantener dentro de su estrategia verde la “protección” de los terrenos donde, según expuso la acusación, se preveía ubicar la planta de Altri en Palas de Rei (Lugo).
La resolución, fechada el 13 de febrero de 2026, adelantada por 'Nós Diario' y a la que ha tenido acceso Europa Press, estima el recurso interpuesto por la Asociación para a Defensa Ecolóxica de Galiza (Adega). Esta organización había denunciado que la Xunta suprimió del plan una zona de amortiguamiento que “afecta” a la Serra do Careón, espacio incluido en la Red Natura 2000.
El fallo, frente al que todavía cabe recurso de casación, se refiere a la “corrección” introducida por el departamento autonómico en la Estratexia galega de infraestrutura verde e conectividade e restauración ecolóxicas entre la fase de información pública y la orden definitiva difundida en el Diario Oficial de Galicia (DOG) el 10 de febrero de 2025.
El TSXG recuerda que las zonas de amortiguamiento son franjas del territorio que funcionan como barrera entre la matriz del paisaje y los corredores ecológicos y espacios naturales protegidos. Se sitúan en hábitats de interés comunitario de carácter prioritario y en hábitats de especies incluidas en los catálogos gallego y estatal de especies amenazadas.
Exigencia de “especial motivación” para desproteger el área
La sentencia acredita que la zona de amortiguamiento fue suprimida y determina que, para introducir esa modificación y “promover la desprotección de esos terrenos”, la Consellería debe ofrecer una “especial motivación” que avale la medida en base a un “interés general o público”, algo que en este caso “no consta”.
“Extremo que es muy relevante por cuanto es contradictorio y sumamente extraño sin motivación, por un lado reconocer la relevancia ambiental de ese espacio y que posteriormente tras haber transcurrido el trámite de información pública se modifique dicho reconocimiento”, subraya la resolución judicial.
Aunque el tribunal señala que los magistrados no pueden “valorar” la coincidencia de la zona afectada con el emplazamiento donde se estudia desarrollar el proyecto de Altri, el TSXG considera que este aspecto resulta “indiferente” a la hora de resolver el litigio.