El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia ha ratificado la sentencia dictada por la Audiencia Provincial de Pontevedra, que impuso seis años de prisión a un hombre por una agresión sexual cometida en un garaje en mayo de 2021 contra la hermana de su ex pareja, una menor de 13 años que presentaba “un retraso en su desarrollo madurativo”.
La resolución del TSXG mantiene la condena al considerar determinante la declaración de la víctima, que los jueces califican de “firme, sin contradicciones ni ambigüedades”, subrayando que relató los hechos con “claridad” y que el episodio fue “descrito con detalles precisos”.
El tribunal resalta, además, que su testimonio quedó “corroborado por numerosos hechos objetivos periféricos que refuerzan y dan consistencia”, como los mensajes y fotografías incorporados a las diligencias, junto con los informes periciales que avalan la credibilidad del relato de la menor.
En el plano “subjetivamente”, la Sala señala que, respecto a la fiabilidad de la víctima, “no se aprecia resentimiento” hacia el acusado, sino que, “al contrario”, recoge “algunos extremos del suceso” que resultan favorables para la defensa del procesado.
Medidas de alejamiento e indemnización a la víctima
Junto a la pena de cárcel, se mantiene la prohibición de que el condenado se acerque o se comunique con la menor durante un periodo que se prolonga 10 años más allá del tiempo de prisión, así como la imposición de cinco años de libertad vigilada una vez cumplida la condena.
La sentencia también confirma la inhabilitación del acusado para ejercer cualquier profesión u oficio que implique trato directo con menores durante un plazo que excede en cinco años la duración de la pena privativa de libertad. En el ámbito de la responsabilidad civil, el hombre deberá indemnizar a la víctima con 7.500 euros.