Exonerado hombre acusado de abusar de la hijastra menor, quien retractó partes de su testimonio

Archivo - Audiencia Provincial de Almería.EUROPA PRESS - Archivo

La Audiencia Provincial de Almería ha dictado sentencia absolutoria a favor de un individuo al cual la Fiscalía le atribuía un delito de abuso sexual contra la hija menor de edad de su pareja, después de que la joven modificara fragmentos de su declaración inicial y presentara un relato que no fue considerado ‘espontáneo’ durante el juicio, siendo esta la principal evidencia en su contra.

La resolución judicial, que ha sido objeto de análisis por parte de Europa Press y es susceptible de apelación, señala que el relato de la acusación carece de ‘consistencia, rotundidad, persistencia y corroboración’, elementos necesarios para desvirtuar la presunción de inocencia del imputado, quien ‘negó rotundamente los hechos’ y sugirió que la acusación se debía a resentimientos personales del hermano de la chica, con quien previamente había tenido desencuentros.

La Sección Segunda de la Audiencia destacó que la declaración de la afectada, de 17 años en el momento de los incidentes, fue ‘de manera escueta’ y carente de detalles que respaldaran la acusación, necesitando ‘la continua intervención’ del fiscal para que proporcionara más información. Además, se menciona que ‘se desdijo en algunos aspectos’ de la acusación inicial, incluyendo menciones a supuestos ‘besos en la boca’ y ciertas informaciones sobre denuncias previas contra su hermano. ‘El testimonio resultó poco convincente’, concluyó el tribunal.

La ausencia de ‘elementos externos’ que corroboraran la denuncia fue otro factor determinante, contando únicamente con el testimonio del hermano de la víctima, quien no pudo confirmar los alegatos de su hermana sobre los hechos ocurridos posteriormente. El tribunal también hizo hincapié en la ‘notoria mala relación’ entre el hermano de la afectada y el acusado, surgiendo dudas adicionales sobre las motivaciones detrás de la denuncia.

Finalmente, se estableció que durante las primeras dos semanas de septiembre de 2024, el acusado convivió con su pareja y la hija de ella, de 17 años, en la vivienda familiar, sin pruebas suficientes de que hubiese ofrecido dinero por favores sexuales o solicitado besos inapropiados, entre otros alegatos.

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