En la conclusión del proceso judicial contra Álvaro García Ortiz, fiscal general del Estado, su defensa ha refutado en el Tribunal Supremo (TS) las acusaciones de haber recibido instrucciones de la Presidencia del Gobierno. Durante la última sesión del juicio, el abogado del Estado, José Ignacio Ocio, ha destacado que “no se ha practicado” prueba alguna que sustente tales afirmaciones.
El caso, que ha captado la atención pública, se centra en una supuesta filtración de información relacionada con Alberto González Amador, pareja de la presidenta madrileña, Isabel Díaz Ayuso. García Ortiz enfrenta una posible condena de 6 años de prisión y 12 años de inhabilitación por revelar, presuntamente, un correo confidencial a ‘Cadena SER’ el 13 de marzo de 2024. Este correo había sido enviado por la defensa de González Amador a la Fiscalía el 2 de febrero del mismo año, ofreciendo reconocer dos delitos fiscales a cambio de un acuerdo para evitar la cárcel.
En su intervención, Ocio ha sido enfático al declarar que “No se ha practicado prueba de cargo para afirmar, y esto lo digo con toda la rotundidad, que el señor fiscal general de Estado haya recibido ni una sola instrucción por parte de Presidencia del Gobierno. Hasta aquí podíamos llegar”. Esta declaración viene a contradecir las suposiciones del magistrado instructor Ángel Hurtado, quien inicialmente sugirió que García Ortiz había actuado siguiendo instrucciones del Gobierno, alegación que fue posteriormente retirada por la Sala de Apelación por falta de pruebas suficientes.
Además, la defensa ha descartado cualquier conexión de García Ortiz con Francesc Vallés, ex secretario de Estado, y Pilar Sánchez Acera, exasesora de Moncloa, calificando estas vinculaciones de “extravagantes” y sin relevancia para el juicio. La Abogacía del Estado también ha defendido la inocencia del fiscal general frente a las demás acusaciones, argumentando falta de pruebas y atipicidad en los hechos imputados. Finalmente, el presidente del tribunal, Andrés Martínez Arrieta, ha cerrado el juicio declarándolo ‘visto para sentencia’, sin que García Ortiz utilizara su derecho a la última palabra.
