La Fiscalía y la Abogacía del Estado han reclamado ante el Tribunal Constitucional (TC) que se estime el recurso de amparo presentado por el expresident catalán Carles Puigdemont frente a la decisión del Tribunal Supremo (TS) de excluir de la amnistía el delito de malversación vinculado al 'procés'.
En dos escritos separados, a los que ha tenido acceso Europa Press, tanto el Ministerio Público como los servicios jurídicos del Estado se alinean en pedir al Constitucional que otorgue amparo a Puigdemont, al discrepar de la interpretación realizada por el TS.
El Supremo fundamentó su negativa a aplicarle la amnistía en dos excepciones previstas en la propia norma: la existencia de un delito de malversación cometido con “el propósito de obtener un beneficio personal de carácter patrimonial” y la posible afectación de las conductas investigadas a los intereses económicos y financieros de la Unión Europea.
La Fiscalía solicita que el TC declare lesionados los derechos del líder de Junts a la tutela judicial efectiva, a la libertad personal y a la participación política.
Además, propone que se retrotraiga el procedimiento al momento inmediatamente anterior al auto dictado por el Supremo en julio de 2024, en el que se acordó no aplicar la amnistía al delito de malversación de caudales públicos por el que están procesados Puigdemont y los exconsellers Toni Comín y Lluís Puig.
Y que “se dicte otro que resulte plenamente respetuoso con el derecho fundamental vulnerado, teniendo especialmente en cuenta la tutela de los derechos fundamentales sustantivos que resultan afectados”, añade el escrito.
Para el Ministerio Fiscal, “no puede tenerse por razonable, en términos de tutela judicial efectiva, una lectura jurídica de los hechos que no solo se aparta absolutamente de la razón de ser y del contexto --insoslayablemente político y público-- de la norma que dice aplicar, sino que además incurre con ello en lagunas de argumentación y contradicciones lógicas tan extremas como insalvables”.
“La obligación de interpretación favorable al procesado tiene que ver con el deber judicial de no llevar las consecuencias penales de una conducta más allá de los límites, objetivos o temporales, que el legislador ha marcado”, abunda.
Inaplicación "irrazonable" de la amnistía
En paralelo, la Abogacía del Estado también reclama que se estime el recurso de Puigdemont al considerar que las resoluciones judiciales recurridas han vulnerado su derecho a la tutela judicial efectiva.
Los servicios jurídicos del Estado destacan que la ley de amnistía --ya respaldada por el Constitucional-- “manifiesta su claro propósito de amnistiar las conductas realizadas por el demandante de amparo”.
A su juicio, “la interpretación del requisito de la no obtención de beneficio personal patrimonial como la no afectación a los intereses financieros de la Unión Europea, aplicado al caso, conduce a concluir que las decisiones que aquí se impugnan del Tribunal Supremo han acordado no aplicar la amnistía al delito de malversación de manera inmotivada e irrazonable”.
La Abogacía recalca que la amnistía “claramente incluye” el delito de malversación, “vulnerando con esta interpretación excluyente de su aplicación (que no alcanza el grado de motivación suficiente y que es irrazonable), el derecho a obtener la tutela judicial efectiva”.