El Ayuntamiento de Huelva ha registrado este miércoles el recurso contra la decisión judicial que rechazó su personación en la investigación del siniestro de Adamuz (Córdoba), en el que murieron 46 personas, 28 de ellas vecinas de la provincia onubense. La apelación llega tras conocerse el pasado 27 de marzo el auto de la jueza del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 del Tribunal de Instancia de Montoro, responsable de la causa, en el que se excluía a los consistorios de Huelva y Punta Umbría, este último también recurrente.
En un audio remitido a los medios, el teniente de alcaldesa de Economía y Hacienda del Ayuntamiento de Huelva, Francisco Muñoz, ha explicado que el recurso "se ha remitido ya a la procuradora, por parte de los servicios jurídicos municipales", en la mañana de este miércoles.
Muñoz subraya que el Consistorio tiene "la obligación de agotar todas las vías judiciales posibles para formar parte de la causa, por dos cuestiones bien claras". "Una, porque es mandato del pueblo pleno municipal que lo hagamos de ese modo, y porque nuestra ética sí lo manda", ha manifestado.
Asimismo, ha remarcado que "tenemos que estar junto a las familias en todo momento, apoyarlas y que nosotros también podamos impulsar líneas de investigación o de instrucción para que se averigüeen los hechos de por qué ocurrió el trágico suceso. Así que seguiremos trabajando en esa línea", ha concluido.
Por su parte, el Ayuntamiento de Punta Umbría formalizó su propio recurso el pasado lunes, según comunicó el martes en una nota de prensa, en la que sostenía que el Consistorio tiene un "interés directo, legítimo y cualificado" para intervenir en el procedimiento, "dado el profundo impacto" que el accidente provocó en el municipio, donde tres vecinos perdieron la vida y otros siete sufrieron heridas de gravedad.
En ese comunicado se precisaba que el recurso impugna el razonamiento de que la personación del Ayuntamiento de Punta Umbría resulte "innecesaria" por la intervención del Ministerio Fiscal, y se recuerda que el sistema penal español "permite la coexistencia de distintas acusaciones" y que, en esta causa, "concurren circunstancias específicas como la investigación de entidades públicas estatales", lo que, a juicio del Consistorio, "refuerza la necesidad de garantizar un control adicional y la defensa de los intereses de la comunidad local".
Según informó el 27 de marzo el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), en relación con los dos ayuntamientos la jueza resolvió que "no ha lugar" a tenerlos por personados "por falta de legitimación para el ejercicio de la acción popular", mientras que, respecto a Iustitia Europa, adopta la misma decisión "por falta de cumplimiento de requisitos formales concretados en la falta de autorización/acuerdo del órgano correspondiente para el ejercicio de la acción penal como acusación popular en el presente procedimiento".
No obstante, el auto sí admitía la personación como acusación popular del Sindicato Colectivo de Funcionarios Manos Limpias, Vox, Asociación HazteOir.org, Sindicato de Maquinistas y Ayudantes Ferroviarios (Semaf), Asociación Víctima de los Políticos y Asociación Liberum, condicionando su intervención a la prestación previa de una fianza de 3.000 euros por cada una de las acusaciones.