El juez instructor, Juan Carlos Peinado, ha dado un paso clave en la causa que afecta a Begoña Gómez al dictar un auto que la sitúa a las puertas del juicio por jurado popular por presuntos delitos de corrupción, en una resolución de 39 páginas que combina conclusiones jurídicas con expresiones de fuerte carga retórica y pasajes que han generado controversia.
El magistrado sostiene que existen indicios suficientes para sentar en el banquillo a la esposa del presidente del Gobierno en relación con su actividad vinculada a la Universidad Complutense de Madrid, al frente de la cátedra de Transformación Social Competitiva y un máster asociado.
La discusión sobre su papel “como esposa de”
Uno de los puntos centrales del auto es la valoración del juez sobre el impacto del cargo institucional de su marido en el desarrollo profesional de Gómez. El instructor apunta a que su actividad “despegó” tras la llegada de Pedro Sánchez a la Presidencia del Gobierno, aunque la defensa subraya que su trayectoria académica y profesional se inició años antes.
El juez incluso sugiere que la condición de “esposa de” pudo facilitar contactos institucionales y empresariales, una interpretación que la defensa rechaza al considerar que no existe vínculo causal que sustente esa afirmación.
Acusaciones sobre el uso de recursos públicos
El auto también extiende la responsabilidad a otros perfiles vinculados a La Moncloa, entre ellos la asesora Cristina Álvarez, a quien atribuye un papel activo en la captación de financiación para proyectos vinculados a la cátedra. El juez considera que su actuación podría encajar en una posible “presión moral” en el marco de un delito de tráfico de influencias.
Además, plantea la posibilidad de que superiores jerárquicos pudieran tener conocimiento de su actividad, lo que abre la puerta a eventuales derivaciones dentro de la estructura administrativa de Presidencia.
Referencias históricas y lenguaje llamativo en el auto
Uno de los aspectos más llamativos del escrito es la utilización de referencias históricas poco habituales en resoluciones judiciales, incluyendo una mención al reinado de Fernando VII para ilustrar la inexistencia de precedentes similares en la jurisprudencia.
El juez también describe determinadas reuniones con representantes empresariales como contactos de alto nivel, subrayando la relevancia institucional de los interlocutores implicados.