La Justicia ratifica la multa de 64 millones de Consumo a Airbnb

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid niega las cautelares a Airbnb, obliga a pagar la multa de 64 millones y mantiene la sanción de Consumo por anuncios turísticos irregulares

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El ministro de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030, Pablo Bustinduy Eduardo Parra - Europa Press

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El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha rechazado la petición de medidas cautelares presentada por Airbnb para frenar la ejecución de la sanción de 64 millones de euros impuesta por el Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030 en diciembre de 2025 por irregularidades en la publicación de anuncios de alojamientos turísticos.

De este modo, la plataforma 'online' se ve obligada a abonar la multa, según ha comunicado este lunes el Departamento que encabeza Pablo Bustinduy, que ha señalado además que, tras la resolución del TSJM, la compañía sigue teniendo la opción de interponer un recurso de reposición ante el propio tribunal.

En la investigación inicial, Consumo detectó infracciones en 65.122 anuncios difundidos a través de Airbnb, que fueron eliminados de la web en julio de 2025.

El Ministerio apreció "prácticas comerciales desleales" de Airbnb con los consumidores al permitir anuncios de alojamientos turísticos sin licencia, vulnerando así las exigencias de la mayoría de las normas autonómicas, que obligan a incluir el número de registro en toda la publicidad.

Consumo también constató que en la plataforma se ofrecían alojamientos turísticos con un número de licencia o registro que no coincidía con la numeración oficial de los registros, o bien anuncios en los que no se aportaba información veraz sobre la condición jurídica de los anfitriones, lo que suponía una práctica de publicidad engañosa.

Por estas primeras conductas, el Ministerio de Consumo impuso a la compañía una sanción por infracción grave de 63,98 millones de euros, equivalente a seis veces el beneficio "ilícito" que, según el Departamento, obtuvo Airbnb con dichas prácticas mientras los anuncios permanecieron activos desde el apercibimiento del Ministerio hasta su retirada.

Además, se apreciaron otras tres infracciones adicionales: el incumplimiento del régimen u obligaciones de los contratos celebrados a distancia, penado con 10.000 euros; la obstrucción o negativa a facilitar datos o a permitir las labores de información, vigilancia o inspección, castigada con otros 10.000 euros; y el incumplimiento de los deberes y prohibiciones fijados mediante órdenes o medidas provisionales del órgano instructor para evitar riesgos o daños a consumidores y usuarios durante la tramitación del expediente, sancionado con 55.000 euros más.

Airbnb llevó ante los tribunales el importe total de la sanción, lo que supuso la suspensión provisional de la obligación de pagar la multa. Con el nuevo auto, el TSJM desestima la solicitud de medidas cautelares con la que la plataforma de alojamientos turísticos pretendía paralizar el pago hasta que se dictara sentencia firme.