El exasesor ministerial Koldo García ha presentado ante el Tribunal Supremo (TS) un recurso para que se deje sin efecto su ingreso en prisión provisional y se acuerde su puesta en libertad, ofreciendo el pago de una fianza para poder abandonar el centro penitenciario. En el escrito, mantiene que su incremento patrimonial está “justificado” por sus ingresos.
El recurso de apelación, al que ha tenido acceso Europa Press, se interpone después de que el magistrado instructor del ‘caso Koldo’ en el Supremo, Leopoldo Puente, ordenara el pasado 27 de noviembre su prisión provisional sin fianza.
La representación legal de Koldo solicita que se declare la nulidad de dicha resolución y también del auto de procesamiento vinculado a las supuestas irregularidades en los contratos de adquisición de mascarillas del Ministerio de Transportes durante la pandemia, al apreciar “falta de fijación previa de competencia” en el Supremo.
El exasesor del exministro José Luis Ábalos reclama que se le deje en libertad “con las medidas cautelares personales de comparecencias quincenales y prohibición de salir de España con entrega de pasaporte”, es decir, las mismas condiciones que se le habían impuesto antes de su ingreso en la cárcel de Soto del Real (Madrid).
En caso de que la Sala de lo Penal no atienda esta solicitud principal, la defensa plantea “alternativamente” que se acuerde su libertad provisional condicionada al pago de una fianza, “cuya cuantía se determine por el tribunal, manteniendo las medidas cautelares subsidiarias mencionadas en el punto anterior”.
En el recurso, los abogados de García argumentan que “al probarse que el incremento patrimonial real es tres veces menor y se encuentra justificado por los ingresos legítimos, el principal indicio material de la desproporcionalidad económica (que fundamenta la malversación y el blanqueo) se desvanece de forma crítica”.
Según añaden, “ello reduce la intensidad con la que se debe valorar el riesgo de fuga. La prisión provisional, en estas circunstancias, es insostenible por el principio de proporcionalidad”.
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