La Audiencia de Baleares confirma la condena a un hombre por acosar y controlar a su expareja durante un año

La Audiencia de Baleares mantiene la condena de prisión y la indemnización a un hombre por acosar durante meses a su expareja tras la ruptura.

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El Palacio de Justicia, sede del Tribunal Superior de Justicia de Baleares (TSJIB) y la Audiencia Provincial, en la plaza Weyler de Palma. EUROPA PRESS

El Palacio de Justicia, sede del Tribunal Superior de Justicia de Baleares (TSJIB) y la Audiencia Provincial, en la plaza Weyler de Palma. EUROPA PRESS

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La Audiencia Provincial de Baleares ha desestimado el recurso presentado por un hombre condenado a un año y medio de prisión por acosar a su expareja, a la que además deberá abonar 3.000 euros en concepto de daños morales.

La resolución judicial detalla que el acusado mantuvo una relación sentimental de 19 años con la denunciante, madre de su hijo, hasta que la pareja se separó en febrero de 2021.

A partir de la ruptura, y al no aceptar el final de la relación, el hombre comenzó a seguirla, controlarla y fotografiarla con el teléfono móvil, acudiendo de forma reiterada a su domicilio con la excusa de ver al hijo en común, así como al polideportivo donde este jugaba al fútbol.

En una de estas ocasiones, el acusado la observó escondido detrás de un coche mientras la mujer estaba con su nueva pareja sentimental y, tras abandonar ambos el lugar en vehículo, los persiguió durante unos 15 minutos.

Este comportamiento provocó en la víctima un profundo malestar, hasta el punto de impedirle llevar una vida normal y desarrollar sus rutinas diarias por el miedo constante a coincidir con el acusado.

Según la Audiencia, la juzgadora de instancia tuvo por acreditado el relato de la mujer, al considerar sus manifestaciones “confirmados” por las declaraciones de los testigos y por la prueba documental incorporada al procedimiento.

Igualmente, aprecia que la declaración de la denunciante es “persistente” y que la versión exculpatoria ofrecida por el acusado “se ve desmentida por la prueba de cargo”.

La Sala añade que los informes médicos aportados al proceso acreditan que la mujer tuvo que recibir asistencia por episodios de ansiedad en cuatro ocasiones y ser atendida por el Servicio de Atención Psicológica para víctimas de violencia de género durante 2022, 2024 y 2025.

En consecuencia, los magistrados concluyen que la valoración probatoria de la jueza de lo Penal es correcta, al tratarse de una inferencia “en cuanto que lógica, racional y de acuerdo con el resultado de las pruebas practicadas en el acto de juicio oral y, así mismo, concuerda la calificación jurídica de los hechos que efectúa, desestimado el recurso presentado y confirmando la sentencia dictada de instancia”.

La resolución de la Audiencia aún no es firme y contra ella cabe interponer recurso ante el Tribunal Supremo.