La Sección Primera de la Audiencia de Navarra ha estimado el recurso interpuesto por la Fiscalía contra el auto de sobreseimiento dictado el pasado 6 de noviembre por el titular del Juzgado de la plaza número 1 de la Sección Civil y de Instrucción del Tribunal de Instancia de Tudela, y ordena continuar la investigación sobre la presunta venta de una menor de 14 años, que habría sido entregada por 5.000 euros con la finalidad de contraer matrimonio.
Tras revisar las actuaciones y remitiéndose a los hechos y fundamentos jurídicos ya recogidos en el auto inicialmente recurrido, así como en los escritos del Ministerio Fiscal y de las partes apeladas, la Sección Primera concluye que, tal y como sostiene la Fiscalía, existen indicios de delito respecto a los investigados, por lo que el archivo de la causa resulta “absolutamente prematuro”. “Por ello, el recurso va tener una positiva por esta Sala”, recoge la resolución.
En el auto se expone que hay indicios de que la menor habría sido vendida en enero 2025 por sus progenitores a otro matrimonio para casarla con su hijo, de 21 años, siendo posteriormente localizada en el domicilio de este en Mollerussa.
“En segundo lugar, existen indicios de que la menor ha sido dedicada a la mendicidad e incluso en acciones delictivas. Así, consta que, el 9 de septiembre de 2025 fue encontrada por los Mossos D'squadra en Bellpiuig pidiendo y encarándose con la gente y el 4 de octubre de 2025, fue identificada de nuevo en Borges Blanques, siendo en ambos casos recogida por los investigados residentes en Lérida, quienes afirman ser sus familiares ya que sus padres, residentes en Zaragoza, tienen mucho trabajo y se la han dejado con ellos, portan una partida de nacimiento de la menor quien según dicen va a estudiar allí. Sin embargo, debe señalarse que la menor de 14 años de edad, no está escolarizada, siendo que la escolarización: de un lado, se reconoce como un derecho y un deber tanto en la Constitución Española como por la Ley Orgánica de Educación”, señala la Audiencia.
“Y de otro lado, la falta de escolarización de los menores, puede acarrear sanciones para los progenitores, que van desde multas hasta penas de 3 a 6 meses de prisión por incumplimiento de la patria potestad (art. 226 Código Penal), además de posibles medidas civiles como la suspensión de la patria potestad si es una desatención grave y prolongada o la declaración de desamparo del menor”, según los magistrados.
En un tercer bloque de indicios, los magistrados se refieren a la ampliatoria del atestado de los Mossos D'esquadra, donde se incorporan fotografías aportadas por un testigo en las que aparece la menor junto a su “presunto marido” y a los padres de este, durante la celebración de la supuesta boda.
“En cuarto lugar, el hecho de que la menor de 14 años en su declaración no se reconozca como víctima de delito, entiende esta Sala que no puede ser sinónimo de que no lo sea. Basta señalar que, conforme a la propia letra del Estatuto de la Víctima, la protección y el apoyo a la víctima no es sólo procesal, ni depende de su posición en un proceso”, subraya la Audiencia.
De acuerdo con la resolución judicial, “existiendo un riesgo evidente para la menor que necesita de una tutela especial de protección ante los claros indicios de comisión de delitos de trata de seres humanos y coacciones por los recurrentes, quienes podrían haber concertado un matrimonio forzado y una venta por un precio, siendo entregada a una familia de origen rumano con residencia en la localidad de Lérida”. “Debe señalarse que, en el presente caso, que el sobreseimiento y archivo de la presente causa es prematuro y la medida de alejamiento impuesta es conforme a Derecho”, añade el tribunal.
La Audiencia detalla también las diligencias de instrucción que considera imprescindibles. En primer lugar, la declaración del testigo que, según consta, ha sido amenazado por la familia de la menor y que aportó datos clave para la causa, como el perfil de Facebook del presunto marido y de la menor, las imágenes del supuesto enlace, el precio de la entrega y el lugar donde se encontraba la chica.
En segundo término, se estima procedente librar oficio a los Mossos D'esquadra de Lérida, cuerpo que intervino en los hechos, para que remitan informes sobre la familia con la que convivía la menor, incluyendo si tienen constancia de que se dedican a actividades ilícitas y cuáles son sus medios de vida, a la vista de las actuaciones en las que intervinieron con la menor los días 9 de septiembre y 4 de octubre de 2025.
“Y, finalmente, esta Sala estima necesario oficiar a los servicios sociales de base de Corella para que aporten informe social y de intervención de la familia de la menor, en aras de conocer la situación de la menor en su núcleo familiar, social, escolar inclusive”, señala la Audiencia, que insiste en la necesidad de continuar la instrucción antes de plantear cualquier cierre del procedimiento.