La Audiencia de Pontevedra absuelve al empresario albanés vinculado a los 54 kilos de heroína hallados en un coche en Tui

La Audiencia de Pontevedra absuelve a Nikolin J. por falta de pruebas en el caso de los 54 kilos de heroína incautados en un coche en un hotel de Tui.

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La sección cuarta de la Audiencia Provincial de Pontevedra ha dictado la absolución de Nikolin J., al que la Fiscalía atribuía un delito de tráfico de drogas, al considerar que no ha quedado demostrada su intervención en los hechos por los que ya habían sido enjuiciadas y condenadas otras tres personas.

El acusado, un empresario de origen albanés dedicado al negocio de la cerámica y los azulejos, se sentó en el banquillo el pasado mes de septiembre, más de siete años después de la vista oral celebrada contra otros seis procesados por la misma causa. En aquel procedimiento, Nikolin J. fue declarado en rebeldía procesal, pero en 2025 se presentó voluntariamente ante las autoridades en Pontevedra y estuvo asistido en este juicio por la reconocida abogada penalista Carmen Ventoso.

Los hechos se sitúan en 2016, cuando, tras casi un año de investigaciones, la Policía se incautó de unos 54 kilos de heroína escondidos en ‘caletas’ en un turismo de alta gama aparcado en un hotel de Tui (Pontevedra). Las diligencias policiales permitieron determinar que el conductor del vehículo, el ciudadano albanés Rinush G., había trasladado la sustancia estupefaciente desde Holanda hasta Galicia.

Como consecuencia de ese operativo fueron arrestados el citado ciudadano albanés; el destinatario de la heroína y su esposa, Castor M.G. y María del Carmen C., residentes en Mos; otro ciudadano albanés; y otros dos gallegos. Tras el juicio celebrado en Pontevedra en mayo de 2018, tres de los presuntos implicados resultaron absueltos, mientras que el matrimonio fue condenado a penas de 10 años de prisión para él y 6 años para ella, por delitos de tráfico de drogas y blanqueo de capitales, y el conductor del coche ‘caleteado’ recibió una condena de 6 años y medio de cárcel.

En la causa seguida ahora contra Nikolin J., la Fiscalía defendía que este empresario había mantenido varios encuentros con Castor en Baiona y Barcelona (ciudad en la que también se habría reunido con Rinush), y que esas reuniones, junto con otros indicios como la adopción de medidas de seguridad, respondían a su supuesta participación en el transporte de la heroína.

La Audiencia de Pontevedra da por acreditado que se produjeron esas reuniones y conversaciones, cuyo contenido se desconoce, y subraya que el propio procesado las admite, así como su relación de amistad con Castor y con la esposa de este. Sin embargo, el tribunal concluye que no puede afirmarse con la necesaria certeza que Nikolin estuviera concertado con ellos para organizar el envío de la heroína.

En este sentido, la Sala indica que de esos contactos no puede inferirse de forma automática su implicación en el delito, y añade que, más allá del encuentro en Barcelona, no constan comunicaciones entre Nikolin y su compatriota Rinush.

Durante la vista oral, el acusado rechazó cualquier vinculación con el tráfico de drogas y explicó su presencia en España por razones de amistad —para asistir a la celebración de las bodas de plata de su amigo Castor— y por motivos profesionales.

La sentencia, fechada el pasado 20 de febrero, aún no es firme y puede ser impugnada mediante recurso de apelación ante el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG).