La Audiencia mantiene en prisión al principal sospechoso por la muerte de la mujer hallada en un barranco de Colungo (Huesca)

El Juzgado de Barbastro confirma la prisión provisional del principal sospechoso por la muerte de una mujer hallada en un barranco de Colungo.

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El principal investigado por la muerte de una vecina de Barbastro, cuyo cuerpo apareció sin vida en un barranco de Colungo, ha sido de nuevo presentado ante el juez a instancias del titular del Juzgado de Primera Instancia n.º 1 de Barbastro. Tras la comparecencia de Juan Julián S.S., el magistrado ha emitido un auto en el que ratifica la prisión provisional que ya había sido acordada por la jueza de la plaza n.º 2 del Tribunal de Instancia de Barbastro.

El nuevo instructor dispone además que continúen las diligencias que la anterior jueza había ordenado antes de inhibirse en favor de la plaza n.º 1 del mismo Tribunal de Instancia, al ser este el órgano competente para los delitos de Violencia sobre la Mujer. Inicialmente, y debido a que la muerte se consideró de apariencia accidental o de causa indeterminada, la plaza n.º 2 fue la que asumió la instrucción de las actuaciones.

Entre las diligencias previstas para este jueves figura la entrada y registro en la vivienda de Juan Julián, así como, en fechas próximas, la inspección del vehículo de su propiedad.

En la vista celebrada esta mañana han intervenido el Ministerio Fiscal, el letrado del investigado, Carlos Víctor S.A., el abogado de Ana Belen B.S. --hermana de la fallecida y personada como acusación particular--, y el propio investigado, Juan Julián S.S., asistido por su defensa.

En el auto, el juez señala que, al apreciar indicios sólidos de un posible delito de asesinato, unido al riesgo de fuga del investigado y a que concurren los requisitos legales para acordar la medida, procede a confirmar la prisión provisional de Juan Julián S.S.

El magistrado mantiene igualmente las medidas cautelares ya fijadas por la anterior instructora, que consisten en la prohibición de aproximarse a menos de 200 metros de José B.B. --tío de la víctima-- y de contactar con él por cualquier medio. En la resolución se precisa: “Aun cuando la ratificación de las referidas medidas no venga exigida legalmente, considero que deben ser igualmente mantenidas por cuanto se conciben y resultan precisas para proteger la indemnidad y garantizar la ausencia de contaminación del testimonio de la otra víctima de este procedimiento, José, persona de edad avanzada y de frágil estado de salud como demuestran los informes médicos adjuntos a la causa”.