La Audiencia Nacional confirma el nombramiento de Bacigalupo como consejero de la CNMV

La Audiencia Nacional avala el nombramiento de Mariano Bacigalupo como consejero de la CNMV y rechaza el recurso de la Fundación Hay Derecho.

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Exterior de la sede de la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) Eduardo Parra - Europa Press

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La Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional ha rechazado el recurso interpuesto por la Fundación Hay Derecho contra la orden por la que el Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital designó a Mariano Bacigalupo Saggese como miembro del Consejo de la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV).

En una resolución de 4 de marzo, la Sección Tercera ratifica la Orden ETD/883/2022, de 13 de septiembre, al entender que el nombramiento se ajusta al marco legal y que el consejero reúne la condición exigida de ser persona de “reconocida competencia en materias relacionadas con el mercado de valores”.

La fundación demandante argumentaba que la trayectoria académica y profesional de Bacigalupo, procedente de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) y centrado en el Derecho administrativo y la regulación energética, no demostraría la cualificación específica requerida para el órgano supervisor de los mercados de valores.

Asimismo, ponía el acento en su vínculo con la entonces vicepresidenta y ministra para la Transición Ecológica, Teresa Ribera, y denunciaba una supuesta arbitrariedad en el tránsito “sin solución de continuidad” desde la CNMC a la CNMV.

Frente a estas alegaciones, el tribunal enfatiza que su cometido se circunscribe al control de legalidad de un nombramiento discrecional de alto cargo, sin poder sustituir el juicio de oportunidad que corresponde al ministro competente.

La resolución descarta una visión “reduccionista” del requisito de competencia y respalda la interpretación de que el legislador reclama un perfil amplio en materias vinculadas con el mercado de valores, que abarca el Derecho administrativo, la regulación económica y la experiencia en autoridades reguladoras.

La Audiencia resalta la carrera de Bacigalupo en la extinta Comisión Nacional de la Energía (CNE) y en la CNMC, así como su participación en organismos reguladores europeos e internacionales, y concluye que dicho bagaje profesional acredita la capacidad necesaria para formar parte del consejo de la CNMV.

Igualmente, niega que el cambio de un regulador a otro suponga por sí mismo arbitrariedad, al no existir una incompatibilidad concreta que lo impida y encuadrarse en una práctica ya seguida en otros nombramientos.

El tribunal también rechaza que se haya producido una falta de motivación que determine la nulidad, al recordar que el currículo del consejero era accesible públicamente y que el Ministerio difundió una nota informativa con los rasgos esenciales de su perfil profesional tras su designación.

La sentencia impone las costas procesales a la Fundación Hay Derecho y advierte de que contra el fallo cabe recurso de casación ante el Tribunal Supremo, siempre que se acredite la existencia de interés casacional objetivo.