La Audiencia Nacional ordena decomisar 2,6 millones en Liechtenstein a un procesado por la estafa de Fórum Filatélico

La Audiencia Nacional confisca 2,6 millones en Liechtenstein a José Manuel Llorca, huido por la estafa de Fórum Filatélico, para indemnizar a los afectados.

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Entrada a la Audiencia Nacional en la calle García Gutiérrez, 1, a 13 de enero de 2025, en Madrid (España). Eduardo Parra - Europa Press

Entrada a la Audiencia Nacional en la calle García Gutiérrez, 1, a 13 de enero de 2025, en Madrid (España). Eduardo Parra - Europa Press

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La Audiencia Nacional ha decidido confiscar los 2,6 millones de euros que uno de los acusados en la macrocausa por la estafa piramidal de Fórum Filatélico, José Manuel Llorca Rodríguez, mantenía en una cuenta bancaria en Liechtenstein, pese a encontrarse huido de la Justicia española.

En una sentencia a la que ha tenido acceso Europa Press, los jueces de la Sección Primera de lo Penal acuerdan que los 2,4 millones de francos suizos que Llorca tenía en una cuenta en ese país, formalmente a nombre de la Fundación MALAPA, se destinen al pago de las indemnizaciones fijadas en el fallo a favor de los perjudicados por la estafa de Fórum Filatélico.

La resolución atiende la petición de la Fiscalía Anticorrupción y aplica la figura del decomiso autónomo, que permite incautar bienes aun sin existir sentencia condenatoria, siempre que se acredite en un procedimiento contradictorio el origen ilícito del patrimonio y concurra alguno de los supuestos previstos en la ley, como es el caso de que el afectado se halle en situación de rebeldía.

El tribunal recuerda que Llorca fue declarado en rebeldía en junio de 2007 después de que resultara imposible ejecutar la orden internacional de detención dictada contra él, motivo por el cual no llegó a ser juzgado en la vista oral del procedimiento principal por la estafa de Fórum Filatélico.

Pese a no haber sido enjuiciado, la Sala subraya que la sentencia del caso Fórum recoge hasta 140 menciones a su persona en relación con los hechos investigados, entre ellas que “las decisiones estratégicas para mantener durante años ese negocio fraudulento eran adoptadas tanto por su presidente Francisco Briones como por el codemandado José Manuel Llorca, administrador de hecho de la sociedad y uno de sus máximos accionistas”.

El fallo también recogía que el “demandado dirigía este negocio ilícito desde la clandestinidad, ya que huyó de España” tras haber sido condenado por la propia Audiencia Nacional en febrero de 2005 en otra causa, como responsable de un delito de blanqueo de capitales.

La Fundación MALAPA y el origen de los fondos

Tras revisar las sentencias dictadas por la Audiencia Nacional y el Tribunal Supremo en el caso Fórum Filatélico, la Sala constata que en ellas no se menciona de forma expresa a la Fundación MALAPA ni a los activos financieros que esta mantiene en Liechtenstein, ni se analiza de manera directa si guardan relación con el dinero desviado a los inversores, ya que estos extremos no formaron parte del objeto del juicio oral.

No obstante, el tribunal considera que “la prueba de la relación entre los fondos de la Fundación MALAPA en Liechtenstein y las aportaciones de los inversores de Fórum Filatélico, que habrían sido desviadas y blanqueadas en beneficio de los procesados condenados y del rebelde aquí demandado es fruto de la inferencia racional que realiza el tribunal a partir de la valoración conjunta de los múltiples indicios de criminalidad que conducen a dicha conclusión”.

La sentencia aprecia, por tanto, “indicios plurales que relacionados entre sí conducen a la conclusión lógica y racional de que los fondos depositados en la cuenta abierta a nombre de la Fundación MALAPA en Liechtenstein, de la que es beneficiario Llorca, proceden de las aportaciones de los inversores de FÓRUM”.

Entre esos indicios, la Sala destaca que la cuenta fue abierta por el propio Llorca utilizando el mismo pasaporte británico con el que se crearon otras cuentas, como las de Gibraltar, y que la sentencia principal considera parte del entramado societario diseñado para canalizar y desviar los fondos captados a los inversores. Una parte de esas cantidades se movió entre sociedades interpuestas usadas como testaferros y otra se destinó a la adquisición de inmuebles, entre ellos propiedades en Marbella.

Un beneficiario único y sin prueba de origen lícito

La resolución subraya que varios movimientos realizados desde la cuenta de la Fundación MALAPA en 2004 tuvieron como finalidad la compra de un inmueble en la citada localidad malagueña, lo que refuerza el vínculo entre esos fondos y la operativa delictiva descrita en la sentencia de Fórum Filatélico.

Se trata, además, de una cuenta en la que Llorca figura como beneficiario exclusivo, del mismo modo que ocurría con las sociedades consideradas como meros testaferros en la sentencia condenatoria, abierta igualmente con pasaporte británico y asociada a la dirección de su oficina en Londres, desde la que ha quedado acreditado que dirigía el negocio fraudulento con la ayuda de otros colaboradores.

La Sala incide en que la defensa no ha aportado ninguna prueba que acredite que los fondos proceden de una actividad legítima, lo que lleva a concluir que su origen es ilícito y que Llorca es su verdadero titular. A juicio del tribunal, estas cantidades están directamente relacionadas con los delitos de estafa, insolvencia punible, falsedad contable y blanqueo de capitales por los que el procesado fue encausado, lo que justifica el decomiso acordado.