La Audiencia Nacional plantea sentar en el banquillo al capitán del Villa de Pitanxo y a dos directivos de la armadora por homicidio imprudente

La Audiencia Nacional propone juzgar al capitán y a dos directivos del Villa de Pitanxo por 21 homicidios imprudentes y un delito contra los trabajadores.

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Homenaje a los fallecidos del Villa de Pitanxo. XUNTA

Homenaje a los fallecidos del Villa de Pitanxo. XUNTA

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El magistrado de la Audiencia Nacional Ismael Moreno ha acordado proponer juicio contra dos responsables de la empresa armadora del pesquero gallego “Villa de Pitanxo” y contra el capitán del buque por el fallecimiento de 21 marineros en el naufragio registrado en febrero de 2022 en aguas de Terranova (Canadá).

En el auto de pase a procedimiento abreviado, al que ha tenido acceso Europa Press, el juez dirige el proceso contra el administrador de Pesquerías Nores Marín, José Antonio Nores Rodríguez; contra el director de Flota, José Antonio Nores Ortega, y contra el capitán Juan Enrique Padín por 21 delitos de homicidio por imprudencia grave y por un delito contra los derechos de los trabajadores.

El instructor fija como responsable civil subsidiario a la sociedad Pesquerías Nores Marín y señala a la compañía aseguradora como responsable civil directo.

En su resolución, el juez reconstruye la singladura del “Villa de Pitanxo” y las circunstancias de su hundimiento, detallando diversos elementos que, a su juicio, favorecieron la inundación y posterior siniestro del barco. Entre ellos menciona una sobrecarga no controlada, la ausencia de medidas de precaución ante la posibilidad de efectuar una virada con un temporal muy severo y la decisión del capitán de mantener la maniobra con mala mar en lugar de optar por alternativas más seguras.

Asimismo, el instructor sostiene que el capitán ordenó abandonar el buque cuando ya era demasiado tarde, al no percibir a tiempo la magnitud del riesgo, lo que frustró una evacuación más ordenada que podría haber tenido mejor resultado. “Cuando la dio, las posibilidades de salvarse eran muy reducidas”, afirma.

Deficiencias en la evacuación y en la formación de la tripulación

El auto destaca también como factor clave que solo existiera una escalera desde la cubierta hasta los puntos previstos para embarcar en las balsas salvavidas y que, en el momento de la orden de abandono, esa vía resultara inservible, obligando a los marineros a buscar otras salidas.

Igualmente, el magistrado incide en la escasa familiarización de la dotación con los equipos de salvamento, los protocolos de abandono y los riesgos específicos de la navegación en aguas frías. Recuerda que el “Villa de Pitanxo” carecía de autorización para operar en zonas de formación de hielo y que los tripulantes no contaban con formación sobre los peligros de la hipotermia.

Según el auto, de los 21 fallecidos, 12 continúan desaparecidos y el resto murieron por ahogamiento o hipotermia. Otros tres marineros, entre ellos el capitán, fueron rescatados con vida en el interior de una de las balsas salvavidas.

El juez añade que los trajes de inmersión no habían sido sometidos a las revisiones exigidas por la normativa, por lo que es probable que no se encontrasen en condiciones óptimas de uso.

El escrito judicial también menciona que el estado físico de parte de la tripulación no era el adecuado, ya que el capitán había comunicado por teléfono que al menos ocho marineros estaban contagiados de COVID-19.

La Audiencia Nacional otorga ahora un plazo de diez días a la Fiscalía y a las acusaciones particulares para que presenten su escrito de acusación, en el que podrán solicitar la apertura de juicio oral o pedir el sobreseimiento de la causa.

Posición de la Fiscalía sobre el hundimiento

La decisión del juez se conoce pocos días después de que la Fiscalía registrase su informe definitivo sobre el naufragio. En ese documento, el Ministerio Fiscal señalaba como principales responsables al capitán del “Villa de Pitanxo”, Juan Padín, y a los directivos de la armadora Pesquerías Nores Marín.

En concreto, el Ministerio público remarcó que estos disponían de “facultades de decisión, ejecución y control” y permitieron que la actividad se desarrollase “en condiciones inseguras, con inobservancia de medidas preventivas y con grosero desprecio para la vida y la integridad física de los tripulantes del buque”. Todo ello, añadía, “desembocó en el fatal desenlace”.

La Fiscalía sostenía que el “Villa de Pitanxo” estaba “sobrecargado con tanques de combustible instalados sin autorización legal”, lo que, a su entender, suponía un “incumplimiento” de los criterios reglamentarios de estabilidad.

“La sobrecarga del buque redujo significativamente la probabilidad de supervivencia en caso de inundación con gran influencia en el tiempo que la tolva de desperdicios permanece sumergida con mal tiempo”, recogía el informe fiscal.

El Ministerio Fiscal también incidía en la conducta del capitán al “incumplir” reiteradamente sus obligaciones, entre ellas la de adoptar medidas de precaución antes de realizar una virada con un temporal muy adverso, y al no valorar de forma adecuada la situación del Pitanxo en la fase final de la maniobra que terminó con el hundimiento.

“Dio la orden de abandono del buque demasiado tarde, al no ser consciente de la gravedad de la situación. Cuando se dio, las probabilidades de salvarse eran muy reducidas”, reiteraba la Fiscalía.

Respecto a los armadores, el Ministerio público les atribuía “incumplimiento” de sus deberes en materia de seguridad y salud laboral al no diseñar correctamente las vías de evacuación del buque y al omitir la instalación de una escalera de estribor prevista en el plano de salvamento del barco, según el escrito presentado.