La Audiencia Nacional ha desestimado la solicitud de Ecologistas en Acción para que declarasen como testigos sobre los efectos de la contaminación radiológica en la pedanía de Palomares (Almería) el exalcalde de Cuevas del Almanzora y senador del PP, Jesús Caicedo, y el científico del Ciemat y consejero del CSN, Francisco Castejón, al considerar que el litigio se circunscribe a una cuestión “jurídica”.
En un auto de 23 de enero, al que ha tenido acceso Europa Press, la Sala de lo Contencioso-administrativo rechaza el recurso de reposición de la organización ecologista contra la decisión sobre admisión de prueba adoptada en julio de 2025 en el procedimiento que debe dirimir si el Gobierno está obligado o no a acometer la descontaminación de unos 50.000 metros cúbicos de suelo afectados por el accidente nuclear ocurrido hace 60 años.
La resolución vuelve a negar la práctica de dichas testificales sin que ello, subraya el tribunal, suponga indefensión para la parte actora. Ecologistas en Acción pretendía que Castejón y Caicedo detallasen, respectivamente, “las consecuencias que va a tener la transformación del plutonio en americio”, así como el perjuicio que “está causando a la población y al desarrollo agrícola y turístico de la zona”.
El tribunal confirma así su primer auto sobre admisión de pruebas y rechaza igualmente la declaración del exjefe del Programa de Recuperación Radiológica y Ambiental del Ciemat y autor del Plan de Recuperación de Palomares (PRP), Carlos Sancho Llerandi, y de la presidenta de la Asociación Profesional de Técnicos en Seguridad Nuclear y Protección del CSN (Astecsn), Nieves Sánchez Guitián, a pesar de que sus informes sí han sido incorporados a la causa.
En este extremo, la Audiencia Nacional también se aparta de la postura de la Abogacía del Estado, que había solicitado la inadmisión de toda la fase probatoria promovida por Ecologistas en Acción. La Sala mantiene la validez de la prueba documental presentada con la demanda, el expediente administrativo y los dictámenes periciales, que se tendrán en cuenta como informes escritos, sin que sus autores deban comparecer a explicarlos.
La magistrada ponente, Nieves Buisán, recalca en su último auto que no existen hechos controvertidos en grado suficiente que justifiquen la intervención oral de los peritos, dado que la autenticidad de los documentos no se discute y que el núcleo del pleito reside en la interpretación de la normativa aplicable y en la ponderación de las reglas jurídicas.
Ecologistas en Acción defendía la conveniencia de escuchar a ambos expertos para aclarar aspectos concretos de sus informes, emitidos en 2010 y 2018, en un contexto de discrepancias entre la asociación y la Abogacía del Estado sobre el alcance del plan de rehabilitación y su ejecución.
Según exponía la entidad, “La Abogacía del Estado sostiene que el criterio radiológico que se aplica en Palomares es el de 0,1 mSv/año --milisieverts por año-- y esta parte sostiene que es de 1 mSv/año”, al tiempo que subrayaba que el exresponsable del programa podría precisar si la aplicación del plan se ha completado y ofrecer detalles sobre su vigencia y desarrollo.
Respecto a la comparecencia como perito de la presidenta de Astecsn, autora del segundo informe que dio lugar a una respuesta parlamentaria, Ecologistas consideraba “fundamental” que confirmara algunos puntos de su dictamen, entre ellos que sería “urgente embidonar los residuos radiactivos y almacenarlos en un almacén temporal”.
El informe de la también presidenta del Colegio Oficial de Geólogos está fechado en diciembre de 2018 y, según la interpretación de la organización, desde entonces “han surgido variaciones, como por ejemplo la posibilidad de que los residuos radiactivos sean aceptados por Estados Unidos, principal escollo para limpiar Palomares”.
Por otra parte, el auto tampoco accede a incorporar ni a requerir la remisión íntegra del Plan de Rehabilitación de Palomares y de su desarrollo hasta su culminación, tal y como había solicitado Ecologistas en Acción en su recurso, después de que en la resolución inicial sobre prueba no se hiciera referencia a este extremo.