La Audiencia ordena la detención nacional e internacional de los Al-Thani por su gestión del Málaga CF

La Audiencia de Málaga ordena detener al jeque Al-Thani y tres hijos por su gestión del Málaga CF, estimando el recurso de la Fiscalía.

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Juicio contra el jeque Al-Thani por acciones del Málaga CF EUROPA PRESS

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La Audiencia de Málaga ha ordenado al juzgado que ha llevado la investigación sobre las presuntas irregularidades en la gestión del Málaga CF que emita una orden de detención de ámbito nacional e internacional contra el jeque Al-Thani y tres de sus hijos. A todos ellos se les atribuyen delitos continuados de apropiación indebida, administración desleal y la imposición de acuerdos abusivos en el club malaguista.

Con esta resolución, el tribunal provincial acepta el recurso interpuesto por la Fiscalía y deja sin efecto la decisión anterior del órgano instructor, la Sección de Instrucción del Tribunal de Instancia de Málaga número 14, que había rechazado dictar esa orden de detención respecto de los cuatro investigados. Para ellos, el Ministerio Público mantiene una petición de 14 años y medio de prisión y 18 años de inhabilitación para administrar sociedades.

La solicitud de busca y captura fue presentada por el abogado José Carlos Aguilera, en representación de Management Empresarial Málaga --perteneciente al grupo Bluebay-- en junio de 2025, y fue denegada en dos ocasiones por la magistrada instructora. Estas resoluciones fueron recurridas tanto por la acusación que la promovió como por la Fiscalía, cuyo recurso de apelación ha sido ahora estimado por la Audiencia.

En su auto, la Sala de Málaga deja sin efecto la decisión del juzgado y acuerda “que proceda al libramiento de orden de detención nacional e internacional --utilizando para la internacional el formulario OED-- contra los acusados” de la familia Al-Thani. Según ha indicado el letrado, a día de hoy todavía no se ha materializado el cumplimiento de dicha orden por parte del juzgado.

Para el tribunal, concurre “una deliberada pasividad vinculada a la idea de una estrategia procesal fraudulenta y una nula voluntad de colaboración efectiva con la justicia española” por parte de los acusados, que “han venido utilizando su derecho de defensa y su situación de residencia en el extranjero con fines dilatorios y de entorpecimiento de la marcha del procedimiento”.

La Audiencia subraya en la resolución que los procesados se encuentran actualmente sin representación ni defensa técnica, al haber renunciado a las anteriores y no haber nombrado abogado de su elección, y recuerda que el auxilio judicial internacional con Qatar “ha sido infructuoso”; además, “no han tenido éxito” las comunicaciones remitidas tanto a los correos electrónicos facilitados como a su domicilio en el extranjero.

Por ello, el tribunal considera procedente acordar la emisión de la orden de detención “mientras se cumplimenta la comisión rogatoria librada”, destacando que resulta “necesario asegurar la presencia física de acusados, ante el riesgo de que la lentitud de la comisión rogatoria permita su incomparecencia”.

La Sala valora para adoptar esta medida “la entidad de la pretensión acusatoria” dirigida contra los miembros de la familia Al-Thani y ordena al juzgado instructor que libre la orden de detención para que, “una vez puestos a su disposición, le sean notificadas las pretensiones acusatorias” y las resoluciones que correspondan, entre ellas el auto de apertura de juicio oral.

En ese momento también se les exigirá que nombren abogado y procurador y se les advertirá de que “de no hacerlo se les designara de oficio, debiendo ponderarse también en ese momento la situación personal en que hayan de quedar los acusados hasta el enjuiciamiento de la causa”.

El letrado José Carlos Aguilera ha sostenido durante el procedimiento que Al-Thani habría articulado “una estrategia de defensa basada en no tener defensa”, lo que, a su juicio, es “expresión de su deliberada y contumaz voluntad de sustraerse a la acción de la justicia”. La Fiscalía ha respaldado esa tesis en sus escritos, en los que habla de una “calculada desidia a la hora de hacer valer su propio derecho de defensa”.