La Comisión Europea reclama al TJUE sanciones a España por no aplicar la directiva que exime de IVA a pymes y autónomos

Bruselas lleva a España ante el TJUE y pide multas por no transponer dos directivas clave del IVA que afectan a pymes, servicios digitales y bienes usados.

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Sede de la Comisión Europea en Bruselas. Alicia Windzio/dpa

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La Comisión Europea ha decidido solicitar al Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) la imposición de una multa a España por no haber incorporado dentro de plazo una directiva que permitiría a las pymes españolas beneficiarse de una exención del IVA cuando operan en otros Estados miembro, así como otra norma que actualiza el tratamiento de este impuesto para ciertos servicios digitales, bienes usados y obras de arte.

El Ejecutivo comunitario da este paso después de que España no haya comunicado la transposición de ambas directivas, pese al procedimiento de infracción ya abierto por Bruselas, en el que se remitió una carta de emplazamiento y, posteriormente, un dictamen motivado en las fases previas para forzar al Gobierno a respetar los plazos.

En primer término, la Comisión afea a España que no haya incorporado las disposiciones que modernizan el régimen del IVA aplicable a las pequeñas y medianas empresas, una reforma aprobada en 2020 con la finalidad de simplificar las obligaciones fiscales de estas compañías y limitar las distorsiones de competencia en el mercado único.

El Ejecutivo comunitario detalla que, aunque España ha comunicado que no prevé aplicar la exención del IVA para pymes contemplada en esta directiva al ser una opción para los Estados miembro, sigue teniendo la obligación de transponer las reglas que permiten a las empresas radicadas en su territorio acogerse a este sistema en otros países de la UE.

En particular, recalca que, para que una pyme española pueda disfrutar de dicha exención en otro Estado miembro, debe registrarse antes ante la Agencia Tributaria española, un trámite que no puede llevarse a cabo mientras la normativa europea no se haya incorporado al ordenamiento jurídico nacional.

Asimismo, Bruselas critica que España tampoco haya transpuesto una segunda directiva, aprobada en 2022, que revisa las normas sobre los tipos del IVA e introduce reglas obligatorias sobre el lugar de prestación de determinados servicios cuando se ofrecen o transmiten de forma virtual.

Según la Comisión, la ausencia de adaptación de estas disposiciones puede provocar situaciones de doble imposición o, por el contrario, de falta de tributación, ya que el resto de Estados miembro sí han incorporado estas reglas a su derecho interno y aplicarán criterios diferentes.

Esta directiva también modifica el régimen especial del IVA para bienes de segunda mano, obras de arte, objetos de colección y antigüedades, y su falta de transposición, de acuerdo con Bruselas, puede originar nuevas distorsiones de competencia en el mercado interior.

Los Estados miembro estaban obligados a adoptar las medidas necesarias para integrar ambas directivas en su legislación nacional antes del 31 de diciembre de 2024 y debían notificar esas medidas a la Comisión dentro del mismo plazo.

Ante la falta de comunicación por parte de España, el Ejecutivo comunitario remitió dos cartas de emplazamiento el 31 de enero de 2025, seguidas de dictámenes motivados el 17 de julio de ese mismo año, con los que urgía a las autoridades españolas a completar la transposición de estas normas.

Pese a ello, España no ha informado todavía a Bruselas de la adopción de los cambios legales necesarios para adaptar su normativa a estas directivas y continúa siendo el único Estado miembro que no lo ha hecho. Por este motivo, la Comisión ha optado por elevar el caso al Tribunal de Justicia de la Unión Europea y pedir la imposición de sanciones económicas.