La Fiscalía reclama 9 años de prisión para Álvaro Aguado por una presunta agresión sexual

La Fiscalía solicita 9 años de cárcel y 65.000 euros de indemnización para Álvaro Aguado por una presunta agresión sexual en una discoteca de Barcelona.

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El futbolista del RCD Espanyol Álvaro Aguado (d) a su salida de la Ciutat de la Justicia, en una imagen de archivo David Zorrakino - Europa Press

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La Fiscalía ha reclamado una pena de 9 años de cárcel para el exfutbolista del RCD Espanyol, Álvaro Aguado, al que atribuye una presunta agresión sexual cometida contra una empleada del club en una discoteca de Barcelona en 2024.

De acuerdo con el escrito de acusación al que ha tenido acceso Europa Press, el Ministerio Público plantea además que el jugador indemnice a la víctima con 65.000 euros por las secuelas psicológicas y los perjuicios morales derivados de lo ocurrido.

En el documento de conclusiones provisionales, la Fiscalía sitúa los hechos sobre las 5.00 horas del 24 de junio de 2024, cuando Aguado y la mujer coincidieron en un reservado de una conocida discoteca de la capital catalana, durante la fiesta por el ascenso del Espanyol a Primera División.

Según el relato acusatorio, “Con la intención de satisfacer sus impulsos libidinosos”, el futbolista habría realizado diversos tocamientos a la trabajadora, alcanzando sus pechos y genitales por encima de la ropa, aprovechando que el local estaba lleno de personas que bailaban y se encontraban distraídas por el ambiente festivo y el consumo de alcohol.

Tras haber bailado juntos, el jugador habría conducido a la víctima, que se hallaba “transitoriamente mareada y afectada” por la ingesta de alcohol, hacia las escaleras del aparcamiento del establecimiento. Al impedirles el paso el personal del local, siempre según la Fiscalía, Aguado la habría llevado entonces a un baño, donde se habría producido la agresión sexual pese a que ella manifestó “que no quería mantener relaciones sexuales con él”.

El Ministerio Público imputa a Aguado un delito de agresión sexual con penetración bucal y vaginal, por el que solicita también la imposición de una medida de libertad vigilada de 10 años y la prohibición de acercarse a menos de 1.000 metros de la víctima o comunicarse con ella por cualquier medio durante 8 años, una vez cumplida la eventual pena de prisión.