La Fiscalía reclama cinco años y medio de prisión para el alcalde de Estepona por presunta malversación y prevaricación

La Fiscalía pide cárcel e inhabilitación para el alcalde de Estepona por una contratación presuntamente irregular, mientras la defensa reclama el archivo.

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El alcalde del municipio malagueño de Estepona, José María García Urbano, en una imagen de archivo. PP

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La Fiscalía de Málaga ha interesado una condena de cinco años y medio de cárcel para el alcalde de Estepona (Málaga), el popular José María García Urbano, al que atribuye presuntos delitos de malversación de caudales públicos y prevaricación administrativa por la contratación supuestamente irregular de una mujer como funcionaria eventual en el Ayuntamiento, a la que también acusa. Además, solicita para el regidor una pena de inhabilitación especial para ejercer cargo o empleo público durante diez años.

Así se recoge en el escrito de conclusiones provisionales del ministerio público, al que ha tenido acceso Europa Press, en el que se interesa la apertura de juicio oral tanto contra el primer edil como contra la otra procesada. Para ella, la acusación pública pide tres años y medio de prisión y ocho años de inhabilitación para empleo o cargo público, considerándola cooperadora necesaria en un delito de malversación de caudales públicos.

Tras la recepción del escrito del fiscal, la Sección Civil y de Instrucción del Tribunal de Instancia número 5 de Estepona ha acordado dar traslado a las defensas para que presenten sus escritos de conclusiones, según consta en una providencia dictada esta misma semana por el juzgado.

Desde la representación legal del alcalde se ha indicado que "se trata de un disparate jurídico basado en una declaración falsa de una persona --la otra acusada-- que ha evidenciado la falsedad de sus declaraciones en otros procedimientos judiciales ya archivados". Asimismo, han recordado que se interpuso un recurso de apelación en el que se solicita el archivo de la causa, pendiente de resolución por parte de la Audiencia Provincial.

El fiscal sostiene en su escrito que, mediante un decreto de febrero de 2023, García Urbano, "ejerciendo como alcalde", habría procedido a nombrar a la otra acusada como personal eventual adscrita al Área de Control Externo del Ayuntamiento, "con la que mantenía una relación sentimental, a sabiendas de que la misma nunca iba a desempeñar actividad laboral alguna".

Según la acusación, la mujer habría llegado a cobrar una nómina de febrero por importe de 1.634,64 euros y otra correspondiente a marzo por 3.642,28 euros, "apropiándose la misma de tales cantidades sin contraprestación alguna, con el consiguiente perjuicio para el patrimonio municipal". El cese en el puesto se acordó mediante decreto en ese mismo mes de marzo.

El ministerio público añade que consta una instancia presentada en el Ayuntamiento en noviembre de 2025, acompañada de un cheque bancario a favor de la administración local por importe de 5.276,92 euros, en concepto de devolución de las retribuciones percibidas por esta mujer, para su ingreso en la Tesorería municipal. Sin embargo, precisa que no consta que dicha cantidad se haya ingresado efectivamente, por lo que, a efectos de responsabilidad civil, en caso de no acreditarse el pago, reclama que se indemnice al Consistorio con esa suma.

Del mismo modo, el escrito provisional de la Fiscalía indica que "no consta la cuantía a la que ascienden los pagos realizados por el Ayuntamiento de Estepona a la Tesorería de la Seguridad Social con ocasión de la ilegal contratación" de la acusada ni los importes satisfechos en concepto de cotizaciones vinculadas a las nóminas de esos dos meses.

Postura de la defensa del alcalde de Estepona

La defensa del regidor recuerda que ya ha formalizado un recurso de apelación ante la Audiencia Provincial en el que solicita el sobreseimiento de la causa "al no existir ningún indicio delictivo contra el alcalde en la contratación de esa persona como cargo de confianza durante 46 días". Dicha petición de archivo "está pendiente de resolver por la Audiencia Provincial".

En su escrito, la defensa sostiene que el auto de transformación del procedimiento, de fecha 4 de diciembre, "utiliza la declaración en calidad de testigo que esa misma persona formuló en otro procedimiento, que fue archivado de forma firme por la Audiencia Provincial al demostrarse la falsedad de las acusaciones".

Argumentan igualmente que la declaración realizada por esta mujer como testigo "es nula al haber sido llamada posteriormente al procedimiento en condición de investigada". En esa segunda comparecencia se acogió a su derecho a no declarar y no ratificó lo manifestado con anterioridad en calidad de testigo.

En la misma línea, se añade que "se ha dedicado a denunciar al señor García Urbano cuantas veces ha podido, ya que su inveracidad no tenía consecuencias para ella. Pero, en el momento en que es llamada como investigada, se acoge a su derecho a no declarar, no ratificando por tanto las inveraces manifestaciones que efectuó como testigo".

"De forma que, la única declaración válidamente obtenida es aquella en la que se acogió a su derecho a no declarar, sin ratificar la prestada como testigo", insisten desde la defensa de García Urbano.

La representación legal del alcalde subraya que ya advirtió "expresa advertencia del contrasentido y riesgo de vulneración de derechos fundamentales en el inicial momento en el que fue citada a declarar en calidad de testigo y, además, solicitó ser tenida como parte acusadora (perjudicada), pese a haber obtenido unos ingresos superiores a 5.000 euros, por el delito que ahora se le imputa; lo cual resulta sumamente sintomático del ánimo vindicativo que ha presidido su completo actuar, y que hace decaer que, en una valoración racional de la prueba, se puede tener por verdad lo que dijo contra el señor García Urbano".

Es más, la defensa mantiene que "si se pretendiese utilizar como fuente de prueba su testimonio en condición de testigo, esta declaración incurre en manifiesta incredibilidad subjetiva, careciendo por tanto de la mínima fiabilidad". "Y así ha de concluirse en atención a los siguientes hechos constatados", señalan.

En este punto, remiten a sus manifestaciones, que "han quedado desmentidas por las diligencias ya practicadas en la denuncia que fue archivada, en lo que respecta a que no había ido al Ayuntamiento, a la duración del nombramiento y a la ocultación de que se sometió a una operación quirúrgica durante el periodo de vigencia del nombramiento y que, como se ha acreditado, no instó la baja ante el Ayuntamiento".

Asimismo, insisten en que esta persona "tiene un demostrado ánimo espurio contra el señor García Urbano, a quien denunció habiendo sido sobreseído el proceso incoado por falta de credibilidad de su versión acusatoria de las que trae causa el presente procedimiento". Añaden que "su vindicativo ánimo también fue puesto de manifiesto en que la normalidad de su nombramiento como asesora de confianza y del desarrollo de las funciones encomendadas nunca fue puesto en entredicho hasta bien avanzada la incoación de las diligencias".

También recalcan que "la denuncia de su pareja que dio lugar a aquellas diligencias, a pesar de referirse con amplitud a ella, no contenía ni tan siquiera una alusión a esta contratación pretendidamente irregular" y agregan que "ha sido representada y asesorada técnicamente por el mismo letrado que ejerce la acusación popular en este procedimiento en nombre del portavoz del Grupo Municipal Vox en el Ayuntamiento de Estepona, produciéndose una identificación entre sus planteamientos, lo que evidencia la ausencia de fiabilidad".

En conclusión, la defensa sostiene que "la valoración racional de las diligencias practicadas, y, sobra decirlo, de la valoración de las diligencias lícitas, con estricta sujeción a criterios de racionalidad y rigor, sin dar pábulo a los postulados de acusaciones con intereses políticos y ajenos a los propios del proceso penal, arroja el resultado claro de la necesidad de archivar el procedimiento, ante la inexistencia de indicios delictivos".

"Se trata, como ya ha quedado demostrado, de una inadmisible e injusta campaña política y mediática, con el único objetivo, como así ha ratificado la justicia, de dañar la dignidad y trayectoria política del alcalde de Estepona, intentando apartarle del Ayuntamiento y de su compromiso con esta ciudad", concluyen desde la defensa.