La magistrada de Catarroja que instruye la causa sobre la gestión de la dana arremete, en la exposición razonada remitida al Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, contra las “teorías descabelladas” sobre el número de fallecidos que dejó la tragedia, al considerar que suponen una “falta de respeto” a la memoria de las víctimas y al dolor de sus familias. En ese mismo escrito solicita que se investigue al 'expresident' de la Generalitat y actual diputado, Carlos Mazón.
En el documento, al que ha tenido acceso Europa Press, la jueza detalla una por una las 230 víctimas mortales causadas por las riadas del 29 de octubre de 2024 en la provincia de Valencia, así como las circunstancias en las que se produjo cada fallecimiento. A partir de estos hechos y de lo que califica como “inactividad negligencia”, a la que llega a tildar de “grosera”, reclama que el TSJCV abra diligencias respecto a Mazón en la misma causa en la que ya constan como investigados la exconsellera de Justicia e Interior, Salomé Pradas, y su ex número dos, Emilio Argüeso.
A juicio de la instructora, existen “indicios de una absoluta negligencia en la coordinación y gestión de la emergencia en el nivel supremo” de toma de decisiones, responsabilidad que sitúa en la Presidencia de la Generalitat Valenciana. Asegura que “las negligencias de quienes asumían la gestión de la emergencia en el nivel dos, como es el caso de la consellera y en el nivel cero y uno como será el caso del secretario autonómico, no pueden borrar la absoluta pasividad, ajenidad ante lo gravedad de lo sucedido, falta de coordinación entre distintas Consellerias que exigen la continuación de la investigación por los delitos de homicidios y lesiones imprudente”.
En la exposición razonada, la magistrada relata cómo se produjeron las muertes, tanto en viviendas y garajes como en la vía pública o en accidentes in itinere, y sostiene que, en todos esos supuestos, “era factible lanzar un aviso a la población que alertara y evitara la producción del resultado”.
Según la jueza, “la omisión equivalente al resultado, que se atribuiría al Presidente de la Generalitat se desprende del hecho de que en todos y cada uno de los casos referidos, es relevante que no se adoptaran medidas de alerta, precisas, concretas y a tiempo, desde un organismo el Cecopi, y desde una Conselleria a la cual podía el presidente, conforme a la normativa legal, dar órdenes e instrucciones y llevar a cabo tareas de coordinación ante la evidente parálisis en que tuvo lugar en la adopción de medidas”.
En esta misma línea, recalca que el análisis pormenorizado de los fallecimientos —no todos producidos el mismo día de la dana— es “cuestión bien diostinta de las afirmaciones públicas de aquellos que siguen difundiendo la existencia de centenares de víctimas no contabilizadas”.
Para la magistrada, estas informaciones “falsas” suponen una “falta de respeto a la memoria de las víctimas y de sus familiares. “Frente al dolor permanente por la pérdida real de las vidas, pretenden situar al mismo nivel una fantasmagoría en la que centenares de muertos y desaparecidos no contabilizados se sumarían a los reales”, destaca en su escrito.
Considera que se trata de manifestaciones “fruto de teorías descabelladas o interesadas en las que, sin ningún rubor, se suman fallecidos inexistentes, en cifras aleatorias que van desde los 500 hasta los 1.000 muertos o incluso más”. Además, subraya que este comportamiento resulta “especialmente grave cuando se expresa por quienes son parte en el procedimiento”.