La jueza tumba el recurso de Pradas y mantiene la pertinencia de la prueba caligráfica sobre el borrador del ES-Alert

La jueza mantiene la prueba caligráfica sobre el ES-Alert, rechaza el recurso de Pradas y detalla graves fallos en los avisos y decisiones durante la dana.

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Imagen del documento con las notas de la exconsellera Salomé Pradas REPRESENTACIÓN DE SALOMÉ PRADAS

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La magistrada de Catarroja que dirige la investigación por la gestión de la dana que el 29 de octubre de 2024 causó 230 fallecidos en la provincia de Valencia ha desestimado el recurso presentado por la exconsellera de Justicia e Interior, Salomé Pradas, y ratifica la "pertinencia" de practicar en el juzgado una prueba caligráfica sobre el borrador del ES-Alert aportado en su día por el subdirector de Emergencias, Jorge Suárez, durante su declaración como testigo.

En un reciente escrito, Pradas admitió la autoría "de su puño y letra" del documento entregado por Suárez y comunicó a la instructora que consideraba "innecesario" realizar dicha pericial, al entender que no existía "duda, impugnación ni controversia alguna sobre la autenticidad de la grafía ni sobre la autoría de la misma".

Ese manuscrito contiene cuatro puntos en los que se recogen expresiones como: "(...) que se evite el desplaza- prov Valencia"; figura tachada la palabra "confina-" y aparece "permanencia casas", junto a referencias a las comarcas R Alta/Baixa/HSud/Hoya Buñol (Riberas Alta y Baja; Horta Sud y Hoya de Buñol); así como indicaciones de "alejamiento cauces, entorno cauces y elevarse a (...) primera planta", otra palabra suprimida y la mención a la activación de la UME.

La jueza sostiene la necesidad de la pericial por tres motivos. En primer lugar, porque pese a lo manifestado por la exconsellera, "en ningún momento" Pradas "reconoció la autoría de su puño y letra del texto del manuscrito que conservó" Suárez, ya que en su declaración del 11 de abril de 2025 no se abordó este extremo y, posteriormente, solo ha acudido al juzgado para el careo con José Manuel Cuenca, ex jefe de gabinete del expresident Carlos Mazón, "donde se hizo referencia por uno de los intervinientes al 'tarjetón' del señor Jorge Suárez, pero no hubo reconocimiento expreso de la autoría".

En segundo lugar, la magistrada recalca que lo expuesto por Pradas por escrito no puede reemplazar su declaración como investigada, "diligencia personalísima, que no puede reemplazarse por la manifestación de ninguna persona, por un escrito presentado por su representación procesal, ni por una comparecencia". Y, en tercer término, apunta que "ni siquiera en el supuesto de que se reconociera por la señora Salomé Pradas Ten en una declaración como investigada la autoría del manuscrito tampoco ello eximiría la práctica de una prueba que ha de estimarse pertinente".

Una prueba "fuera de toda duda" por la falta de avisos

La instructora remarca que la utilidad de la pericial está "fuera de toda duda" dada la trascendencia que habrían tenido en este caso las medidas de protección a la ciudadanía, y recuerda que uno de los elementos comunes detectados en la instrucción es la ausencia de esos avisos, "lo que se unía a la parálisis en la toma de decisiones en el seno del Cecopi".

En este sentido, recuerda que la posible responsabilidad atribuida a Pradas por el retraso en el envío del mensaje de alerta a la población, por su "eventual efecto incriminatorio", es un aspecto del que la exconsellera "se quiso desligar públicamente, y desde un principio", una vez se supo que la mayoría de las muertes "se habían producido con anterioridad al envío del mensaje a las 20:11 horas".

Sobre este extremo, la jueza sostiene que la existencia de un sistema de alerta a la población "estaba sobre la mesa del Cecopi, desde las 17:20 horas" y no se le comunicó, como afirmó Pradas en una entrevista, a las 20:00 horas. Subraya que se trataba de un sistema "plenamente operativo" cuya validación "se hizo en tan solo 2 minutos y 35 segundos" por un técnico "a quien incluso le dio tiempo a descartar un previo borrador". La cadena de propuestas arranca con la planteada por Jorge Suárez en el Cecopi: "Ante la evolución de la situación de emergencia, se recomienda que con carácter inmediato acceda a zonas altas, permanezcan atentos a nuevos mensajes".

A partir de ese momento, la jueza detalla que se sucedieron varias versiones: a las 18:38 horas se elaboró el borrador ES-Alert 706; después el 707, descartado por estar redactado en castellano e inglés, y finalmente se validó el 708, remitido a las 20:11 horas —en castellano y valenciano— con el siguiente texto: "Suspensión de viajes y movilidad innecesarias. Alerta de Protección Civil. Por las fuertes lluvias y como medida preventiva se debe evitar cualquier tipo de desplazamiento en la provincia de Valencia. Estén atentos a futuros avisos a través de este canal y fuentes oficiales, en USER000@GVA112 y en Apunt".

Retrasos, redacción del mensaje y papel de Pradas

Para la magistrada, "lo más dramático es que se pudo haber lanzado un mensaje sobre las 17:20 horas" con el aviso de Suárez, "que hubiera sido plenamente efectivo hasta el punto de que aconsejaba subir a los pisos altos, lo que daba idea de hasta dónde podía llegar el agua, cuanto menos dos metros, y que, por ende, bajar a los garajes o permanecer en plantas bajas, o ir por carretera, era un riesgo clarísimo que había de excluirse".

Sin embargo, apunta que uno de los factores que contribuyó a demorar el envío de la alerta fue "incluso por la redacción del mismo en valenciano" y por las consultas verbales a la Abogacía de la Generalitat Valenciana. También resalta los mensajes cruzados entre Cuenca y Pradas, en los que el primero le indicaba que "de confinar nada en toda la provincia, que una cosa distinta es zonificar".

Además, sostiene que el ES-Alert de las 20:11 horas no puede justificarse únicamente por el riesgo de una posible rotura de Forata y resalta el protagonismo de Pradas en su redacción, ya que existen vídeos en los que se aprecia que daba indicaciones "cuanto menos en parte del contenido del mensaje": "No se limitaba a ser una mera testigo del envío del mensaje, sino que se muestra una voluntad de controlar".

Responsabilidad del director del plan y falta de vigilancia

En paralelo, la jueza extiende la crítica a Argüeso, al considerar que en esa ausencia de avisos a la población también incurre el entonces responsable: "era el director del plan cuando a las 13:00 h los coches flotaban por la calle en Utiel". Señala que la situación "caótica y desesperada" en esa localidad no impidió que ambos responsables se desplazaran a Carlet, donde su presencia resultaba "totalmente ineficaz" respecto a lo que ocurría con el Magro en la otra comarca.

Añade que tampoco allí dictaron órdenes específicas para esa zona, donde también se produjeron fallecimientos por la tarde. "No se movilizaron más unidades de bomberos forestales próximas geográficamente a la Unidad de Alzira, como Rótova, Castelló de Rugat, Xàtiva y Ontinyent. No hubo movilización de más unidades, ni se controló por la dirección del plan la posible desmovilización", precisa.

La instructora recuerda que la posición de garante del director del plan, tanto en fase de preemergencia como en las situaciones 0 y 1 de emergencia, "le obliga a actuar", de modo que su "omisión" debe conectarse con los fallecimientos. Considera que, una vez declaradas las alertas hidrológicas del río Magro y del barranco del Poyo, en situación 0 de emergencia, se continuó "ignorando las medidas de protección que pudiera acordar", desde las 11:45 y las 12:20 h, para las zonas afectadas por esos cauces.

"No hubo vigilancia de los barrancos de Horteta y Gallego, ninguna orden consta por parte del director del plan al respecto, ni hubo seguimiento respecto de los bomberos forestales que fueron enviados a medir escalas en la zona de Torrent-Picanya y Paiporta (...). Había avisos de previsión y de agua de lluvia acumulada y faltó vigilancia personal en cauces. No hubo rondas de seguimiento", enumera, y tacha de "incomprensible" que, conociéndose la retirada de los bomberos forestales del barranco del Poyo por personas presentes en el Cecopi, "por parte del director del plan no se hiciera tal pregunta" ni se solicitara la colaboración de agentes medioambientales.