Tribunales

La justicia frena la orden de la alcaldesa de Cartes de detener el centro de menores migrantes

Una jueza suspende de forma cautelarísima la orden de la alcaldesa de Cartes que pretendía paralizar el centro de acogida para menores migrantes.

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Exterior de la vivienda convertida en centro de acogida para menores migrantes EUROPA PRESS

Exterior de la vivienda convertida en centro de acogida para menores migrantes EUROPA PRESS

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La Sección de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal de Instancia de Santander ha aceptado la solicitud del Gobierno de Cantabria (PP) y ha dejado en suspenso, de forma cautelarísima, la orden de la alcaldesa de Cartes, Lorena Cueto (PSOE), que exigía la paralización inmediata del centro de acogida para menores migrantes puesto en marcha en el municipio.

El Ejecutivo cántabro presentó este miércoles, en torno a las tres de la tarde, un recurso contencioso-administrativo contra la resolución de la Alcaldía de Cartes, en la que se acordaba iniciar los trámites para adoptar medidas destinadas a “restablecer la legalidad urbanística” sobre el inmueble adquirido por el Gobierno, y en la que, además, se requería al Instituto Cántabro de Servicios Sociales (ICASS) la paralización inmediata del funcionamiento del centro.

Junto a este recurso, el Gobierno autonómico pidió que se suspendiera la resolución municipal como medida cautelarísima, es decir, sin necesidad de oír previamente al Ayuntamiento de Cartes.

La magistrada del Juzgado n.º 2 de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal de Instancia ha respondido mediante un auto dictado este jueves, en el que accede a dicha medida cautelarísima, de forma que deja sin efecto por ahora la resolución municipal y concede al Consistorio de Cartes un plazo de tres días para formular alegaciones, con el objetivo de confirmar o modificar posteriormente la decisión adoptada con carácter urgente.

Al tratarse de una medida cautelar mientras se tramita y resuelve el recurso contencioso-administrativo, la jueza no entra en este auto, hecho público a mediodía, a pronunciarse sobre el fondo del litigio, es decir, sobre si la actuación del Ayuntamiento de Cartes se ajusta o no a derecho.

No obstante, detalla que, a la hora de adoptar esta decisión, “el aspecto que más se tiene en cuenta es la incidencia de la inminente paralización de la actividad de la residencia”. Argumenta que concurren las condiciones que permiten “resolver in audita parte, pues se trata de una paralización inmediata de la actividad de un centro de acogida de emergencia”.

Asimismo, indica que, “sin efectuar un juicio preliminar sobre el fondo”, “se constata la necesidad de suspender cautelarmente la resolución para impedir que la duración del procedimiento de tramitación de estas medidas haga ineficaz la resolución”.

“La adopción de esta medida cautelar in audita parte mantiene la situación jurídica del centro durante el corto y breve periodo de alegaciones que se concederá a la parte demandada y hasta su resolución”, concluye la magistrada en el auto.