En un reciente fallo, la jueza de Catarroja encargada de evaluar la gestión de la dana ha insistido en que, durante las emergencias por posibles inundaciones, la supervisión de los barrancos debe ser competencia exclusiva de la Generalitat Valenciana. La magistrada desestimó una serie de diligencias propuestas por una acusación que solicitaba información detallada a la Confederación Hidrográfica del Júcar, su Comité Permanente y el Servicio de Policía de Aguas. Estas diligencias incluían desde la localización de agentes y guardas hasta los movimientos y horarios de los mismos el día 29, así como los detalles personales y la información recabada por estos.
La jueza argumentó que estas pruebas eran redundantes y se desviaban del enfoque principal del proceso, que debería centrarse en analizar las negligencias que resultaron en víctimas mortales, especificando que no era el caso de las pruebas solicitadas. Además, resaltó que no hubo peticiones de colaboración de parte del mando único durante la emergencia, y subrayó un error generalizado al suponer que la CHJ era la responsable de la vigilancia de barrancos, cuando en realidad esa responsabilidad recaía en la Generalitat Valenciana una vez declarada la emergencia.
La magistrada también se refirió a los esfuerzos de vigilancia que deberían incluir a diversos cuerpos como la Guardia Civil y la Policía Nacional, entre otros, para controlar los caudales de los barrancos. En otro auto, rechazó solicitudes para investigar zonas inundables, argumentando que lo crucial era el conocimiento de estas zonas por parte de las autoridades a cargo, no solo su existencia.











