Dos de las siete magistradas que integraron el tribunal encargado de enjuiciar al fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, sostienen en un voto particular que debió ser declarado no culpable, al entender que los indicios recogidos en la resolución condenatoria “no son suficientes para llegar a un juicio de culpabilidad, sin dudas razonables”.
Ese criterio discrepante queda plasmado en las 52 páginas del voto particular suscrito por ambas juezas al fallo, al que ha tenido acceso Europa Press. En dicho documento exponen de forma detallada su oposición a la postura mayoritaria y concluyen que lo ajustado a Derecho habría sido acordar la libre absolución del fiscal general del Estado respecto del delito de revelación de secretos o informaciones que se le atribuía.
Las magistradas entienden, en primer lugar, que no se ha acreditado que García Ortiz fuese quien trasladó a los medios de comunicación el correo electrónico de fecha 2 de febrero de 2024 remitido por el abogado de Alberto González Amador, pareja de la presidenta de la Comunidad de Madrid, Isabel Díaz Ayuso, a la Fiscalía de Delitos Económicos. Añaden, además, que los hechos descritos en la nota informativa difundida por la propia Fiscalía no encajan en el tipo penal aplicado en la sentencia mayoritaria.
Conforme razonan en su escrito, un examen lógico y completo de los indicios permite sostener una hipótesis alternativa: que cualquier otra de las personas que tuvieron acceso al correo de 2 de febrero pudo haber sido la responsable de la filtración a la prensa, del mismo modo que ya ocurrió con la difusión del expediente tributario y de la correspondiente denuncia.
((HABRÁ AMPLIACIÓN))