Más de 150 juristas denuncian que la condena a García Ortiz se basa en conjeturas y pruebas indirectas

Más de 150 juristas cuestionan la condena del Supremo a García Ortiz y denuncian que se basa en conjeturas, sospechas e indicios insuficientes.

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El fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, preside la Junta de Fiscales, en la Fiscalía Superior de Aragón, en el Palacio de Justicia, a 18 de junio de 2025, en Zaragoza, Aragón (España). Ramón Comet - Europa Press

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Más de 150 juristas han suscrito un manifiesto contra la sentencia del Tribunal Supremo (TS) que condenó al ex fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, por un delito de revelación de secretos en relación con Alberto González Amador, pareja de la presidenta de la Comunidad de Madrid, Isabel Díaz Ayuso. Entre los firmantes figuran el exmagistrado Baltasar Garzón y la magistrada jubilada y exalcaldesa de Madrid, Manuela Carmena, junto a más de 140 profesionales del Derecho, que sostienen que la resolución contra García Ortiz se apoya en “conjeturas basadas en hechos indirectos”.

Los juristas subrayan que “el propio tribunal admite que no está acreditado” que fuera García Ortiz quien proporcionó la información a los medios de comunicación. A su juicio, “la construcción de la prueba indiciaria elaborada por el Tribunal Supremo es deficiente, al no aceptar la clara alternativa existente favorable al fiscal general”.

Recuerdan también que, en un procedimiento penal, “no bastan las sospechas, ni las imaginaciones”, sino que “es preciso acreditar la culpabilidad más allá de toda duda razonable, exigencia que, en este caso, no se cumple”.

En la misma línea, sostienen que, en la sentencia, según los firmantes, “la sentencia prescinde del valor” de las declaraciones de los periodistas que negaron “categóricamente” que García Ortiz fuera su fuente, lo que, a su entender, “invalida” el secreto profesional, “una garantía constitucional esencial para el buen ejercicio del periodismo”, tal y como se recoge en el manifiesto.

Los indicios y la presunción de inocencia

En cuanto a otros indicios valorados por el Supremo para condenar al ex fiscal general —como el borrado del contenido de su teléfono móvil o una conversación telefónica con un periodista—, los firmantes sostienen que “no superan el umbral de la mera sospecha y admiten explicaciones normales y lícitas”.

“Convertir tales hechos en pruebas de culpabilidad supone, en la práctica, invertir la carga de la prueba y exigir al acusado que demuestre su inocencia, lo que resulta incompatible con la presunción de inocencia. Principio constitucional que diferencia a los Estados democráticos de los que no lo son”, concluye el texto.

El manifiesto añade que “la nota de prensa” difundida por la Fiscalía sobre González Amador “perseguía desmentir una acusación falsa, grave e incluso delictiva sobre el funcionamiento de la Fiscalía”. Por ello, insisten en que “existía un interés público evidente en informar y preservar la confianza de la ciudadanía en las instituciones”.

En opinión de los juristas, castigar penalmente esa actuación “supondría atar de pies y manos a la Fiscalía General del Estado frente a bulos, mentiras y acusaciones falsas”. Aseguran que “no quedó probada la filtración del correo y la nota de prensa no constituye delito de revelación de secretos”, por lo que se ha “conculcado gravemente” la presunción de inocencia de García Ortiz y, en consecuencia, “en este caso, la condena no debió producirse”.