La Audiencia Provincial de Madrid ha impuesto a un hombre una pena que supera los 50 años de prisión por el asesinato, en agosto de 2022, de su pareja y de otro varón en un incendio provocado en una nave okupada de Torrejón de Ardoz.
Según la sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, el tribunal le declara autor responsable de dos delitos de asesinato, además de un delito de incendio y otro de maltrato habitual.
Los otros dos procesados que figuraban inicialmente en la causa han resultado absueltos, después de que todas las partes retiraran la acusación en la última jornada del juicio, al no haberse podido demostrar su implicación en los hechos y aplicarse el principio acusatorio.
El Tribunal del Jurado dio por acreditado que el acusado convivía con Esther desde al menos dos años antes en la nave ocupada, en una relación marcada por una dinámica continuada de violencia física y psicológica.
El vínculo se agravó cuando el acusado supo que la mujer mantenía una relación con otra persona, lo que desencadenó un aumento de su conducta agresiva y de las amenazas, llegando a expresar en repetidas ocasiones su propósito de acabar con su vida.
Incendio intencionado y trampa mortal
De acuerdo con el relato de hechos probados, en la madrugada del 20 de agosto de 2022, entre la 1:23 y las 2:13 horas, Esther y Youssef estaban en la planta superior de la nave, descansando y sin capacidad de reacción.
En ese intervalo, el acusado acudió en varias ocasiones al inmueble, accedió finalmente al interior y originó de manera deliberada un incendio en distintos puntos mediante el uso de acelerantes, lo que permitió descartar cualquier causa accidental. El fuego se propagó con rapidez por la nave, que solo contaba con una salida practicable, convirtiendo el lugar en una trampa mortal para ambos.
Las dos víctimas murieron por asfixia debida a la inhalación de gases tóxicos procedentes de la combustión, sin posibilidad de huida ni defensa al encontrarse dormidas cuando comenzó el incendio. La intensidad de las llamas obligó a evacuar una nave contigua y varias viviendas cercanas, con un grave riesgo para otras personas y cuantiosos daños materiales.
La Audiencia Provincial califica los hechos como dos delitos de asesinato al apreciar alevosía, al entender que el acusado se aprovechó de la absoluta indefensión de las víctimas, actuando de madrugada, de forma sorpresiva y utilizando el fuego como medio para asegurar el resultado mortal e impedir cualquier reacción defensiva.
El tribunal encuadra esta conducta en la modalidad de alevosía por desvalimiento y, respecto a Esther, añade las agravantes de parentesco por la relación de pareja y de género, al considerar probado que el crimen se produjo en un contexto de dominación, control y discriminación hacia la mujer.
La resolución fundamenta también la condena por el delito de incendio en el serio peligro generado para la vida e integridad de terceros, dada la magnitud del fuego y la necesidad de evacuar inmuebles colindantes, y declara probado el maltrato habitual por la reiteración de episodios de violencia física y psicológica durante la convivencia, apoyados en testimonios, atestados policiales y documentación incorporada a la causa.
En suma, el tribunal impone al acusado 22 años y 6 meses de prisión por el asesinato de su pareja, 20 años por el asesinato de Youssef, 15 años por el delito de incendio y 6 meses por maltrato habitual.
Además, acuerda una medida de libertad vigilada de hasta diez años una vez cumplidas las penas de prisión, así como el pago de indemnizaciones a los familiares de las víctimas: 100.000 euros para cada progenitor y 30.000 euros para cada hermano, junto con las cantidades correspondientes por los daños materiales ocasionados en la nave.