El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, Ceuta y Melilla (TSJA) ha dictaminado que se debe realizar nuevamente un juicio oral, anulando una sentencia anterior de la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Sevilla. Esta sentencia había condenado a un hombre por no realizar adecuadamente los procedimientos fiscales necesarios para una herencia, y por actuar sin estar habilitado legalmente como abogado, atribuyéndole los delitos de apropiación indebida e intrusismo.
La decisión, que contó con Rafael García Laraña como ponente y fue reportada por Europa Press, surgió después de que la acusación particular solicitara mediante un recurso adhesivo la revocación de la sentencia inicial, a lo que se sumó un recurso de apelación presentado por el acusado.
El Tribunal Superior ha ordenado la celebración de un nuevo juicio, que deberá ser llevado a cabo por magistrados diferentes a los del Tribunal anterior debido a la «evidente contaminación» que podría afectar la nueva resolución judicial. Esta decisión también responde a la necesidad de no «ha entrado a conocer el recurso de apelación» de la representación procesal de Jesús R. G., como explica la declaración del TSJA.
En el juicio inicial, Jesús R. G. fue sentenciado a un año y medio de prisión y a pagar una compensación de 51.200 euros más intereses legales, además de una multa. Según la Audiencia de Sevilla, la víctima había confiado al acusado la administración completa de una herencia tras la muerte de su esposo, José C. T., entregándole la suma mencionada en tres partes.
La denunciante descubrió que Jesús R. G. había incumplido con los trámites fiscales y legales requeridos, lo que llevó a su condena por intrusismo al carecer de la titulación de abogado, título que la familia creía que poseía.
ANULACIÓN DE LA SENTENCIA
La demandante argumentó la relación entre la herencia gestionada y otra anterior, lo que llevó al TSJA a reconocer «la falta de racionalidad en la motivación fáctica» como motivo de nulidad según el artículo 790.2 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal. En consecuencia, se anuló tanto la sentencia como el juicio oral, mandando a realizar un nuevo juicio con un tribunal diferente.