El líder del Ejecutivo español, Pedro Sánchez, ha solicitado intervenir como perjudicado en el proceso judicial abierto a raíz de la instalación por parte de Hazte Oír (HO) de una lona en las proximidades del Congreso de los Diputados el 19 de mayo pasado, la cual fue eliminada pocas horas más tarde por mandato judicial al considerarse que constituía ‘un exceso en el ejercicio de la libertad de expresión’ porque su mensaje era ‘claramente lesivo’ para la imagen del presidente del Gobierno.
Según un documento al que tuvo acceso Europa Press, el letrado representante de Sánchez ha solicitado al Juzgado de Instrucción Número 12 de Madrid que le reconozca como parte perjudicada y como acusación particular, además de requerir que se le informe de ‘todo lo actuado’, en respuesta a la invitación a tomar acción que le fue extendida por dicho tribunal el 16 de junio pasado.
En la resolución judicial correspondiente, a la que también Europa Press tuvo acceso, se detalló que el procedimiento se inició en el Juzgado de Instrucción Número 9 de Madrid tras recibir un informe policial sobre la denuncia interpuesta el mismo 19 de mayo por la diputada Begoña Nasarre, quien actuaba ‘en calidad de portavoz adjunta del Grupo Parlamentario Socialista’, por supuestos delitos de injurias y calumnias con publicidad dirigidos contra el presidente del Gobierno.
Los hechos describen la fijación de una lona por parte de Hazte Oír en la fachada de un edificio frente al Congreso mostrando una imagen de Pedro Sánchez junto a la palabra ‘corrupto’ en letras grandes y otras imágenes de carpetas con inscripciones como ‘caso Begoña’, ‘caso Ábalos/Koldo’ o ‘caso fiscal general de Pedro Sánchez’, entre otros. La lona, que cubría más de 253 metros cuadrados, fue colocada alrededor de las 11.00 horas y fue retirada por los Bomberos de Madrid después de la medianoche del 20 de mayo, siguiendo una orden del Juzgado de Instrucción Número 9 que aceptó la medida cautelar solicitada por Nasarre en ese sentido.
‘El uso de la expresión ‘corrupto’ en una lona de grandes dimensiones, acompañando a la imagen del presidente del Gobierno, la creación de una página web denominada ‘elcapo.org’, así como la utilización de la nomenclatura bajo la que son conocidos popularmente distintos procedimientos judiciales (…) forman un conjunto de carácter claramente lesivo para la reputación de Pedro Sánchez, que podría suponer un exceso en el ejercicio de la libertad de expresión susceptible de constituir un ilícito penal’, afirmó el juez.
Además, el magistrado subrayó que la presencia de la lona frente al Congreso daba ‘una mayor repercusión al mensaje difundido’. ‘La ubicación también refuerza el contenido atentatorio contra el prestigio del sujeto pasivo, en tanto es éste el lugar donde ejerce su función de diputado y es sometido al control’ por los demás, indicó.
EL PSOE PIDE ACTUAR CONTRA LOS CAMIONES DE HAZTE OÍR
El Juzgado de Instrucción Número 12, que finalmente se hizo cargo del caso, señaló en su auto del 16 de junio que posteriormente ‘se tuvo conocimiento de la colocación de varias pancartas colocadas en varios puentes y pasarelas del distrito de Fuencarral-El Pardo de Madrid, con la misma imagen y contenido que el de la lona retirada’.
‘En días posteriores un camión ha circulado por varias calles de Madrid exhibiendo carteles con la misma imagen y contenido que el referido anteriormente, lo cual ha tenido difusión en medios de comunicación y en redes sociales’, agregó.
En dicha resolución, declaró que, ‘siendo el objeto de la investigación, un delito de injurias contra el presidente del Gobierno, la condición de perjudicado en las presentes actuaciones la ostenta él mismo, no pudiendo extenderse al Partido Socialista Obrero Español’, por lo que aceptó la participación del PSOE pero como acusación popular.
El PSOE, actuando ya en esa capacidad, presentó un documento el pasado 16 de julio solicitando nuevas medidas cautelares, pidiendo ‘la suspensión de la circulación de camiones con carteles con la misma imagen que figuraba en la lona retirada’, además de ‘la suspensión de la difusión a través de la página web de Hazte Oír y de sus redes sociales o por cualquier otro medio de carteles y/o productos con imágenes y contenidos idénticos’.