Peinado comunicará a las partes su plan de enviar el caso Begoña Gómez a un jurado popular

El juez Peinado reunirá a las partes para exponer su plan de enviar el caso de Begoña Gómez a un jurado popular, pese a las críticas de la defensa.

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El juez Juan Carlos Peinado, que instruye la causa contra Begoña Gómez, esposa del presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, ha convocado para este miércoles a las 12.00 horas a todas las partes personadas --defensas, acusaciones y Fiscalía-- con el fin de informarles de su intención de encauzar el procedimiento hacia un jurado popular en el supuesto de que el asunto termine en juicio oral.

El magistrado mantiene abierta la investigación a la mujer de Sánchez por presuntos delitos de tráfico de influencias, corrupción en los negocios, apropiación indebida de marca, intrusismo y malversación. En un auto fechado el pasado 20 de marzo, ya dejó por escrito que "se ha podido comprobar hasta el presente momento de la investigación la concurrencia de indicios de los elementos de los delitos que son competencia del tribunal del jurado".

Conviene recordar que la Audiencia Provincial de Madrid frenó en febrero el primer intento de Peinado de remitir la causa a un tribunal del jurado, al estimar un recurso de la defensa de la esposa de Sánchez contra esa decisión. Los magistrados de la Audiencia concluyeron entonces que no existían "indicios racionales de criminalidad" suficientes para justificar el envío del procedimiento a un jurado popular.

En su nueva resolución, Peinado sostiene que Gómez "habría venido aprovechando su proximidad al presidente del Gobierno" para "impulsar su proyección profesional" en la Universidad Complutense de Madrid, "obteniendo para ello una interlocución singular con responsables" del centro, "empresas patrocinadoras" y "entidades del sector tecnológico". A su juicio, la condición de pareja de Sánchez "influye en la conducta de cualquier ciudadano" por el "poder que su esposo tiene para determinar la toma de decisiones".

La cátedra universitaria y el papel de su entorno

Paralelamente, el juez subraya que Gómez "recababa apoyo, financiación, colaboración y respaldo institucional y empresarial" para "la creación, desarrollo y expansión" de una cátedra universitaria de la que, según expone, se habría apropiado indebidamente. Añade que "se pide y consigue que se cree específicamente, para su dirección, una cátedra extraordinaria, y al amparo de esta situación de capacidad de decisión de su esposo, contrata a su amiga e investigada, Cristina Álvarez, a la que utiliza no sólo para cuestiones protocolarias o institucionales, sino para sus actividades privadas".

En esa misma línea, el auto apunta que Álvarez "era percibida por terceros no como una asistente protocolaria" de la mujer de Sánchez, sino como una "persona integrada en el equipo de trabajo de la cátedra" y del proyecto asociado al 'software'. El escrito judicial, que según precisa Peinado no pretende "anticipar un hipotético auto de apertura de juicio oral o sobreseimiento" sino "verificar la verosimilitud" de los hechos investigados, también recoge que Gómez, aprovechando su condición de esposa del jefe del Ejecutivo, habría remitido cartas "sugiriendo, directa o indirectamente, la adjudicación de concursos públicos" con el objetivo de "beneficiar" presuntamente al empresario Juan Carlos Barrabés, igualmente investigado en la causa.

La defensa de Gómez carga contra el auto

En respuesta, Gómez ha recurrido la decisión de Peinado al considerar que en el auto sólo se recogen "meras conjeturas" del instructor, según un escrito al que tuvo acceso esta agencia de noticias. La defensa de la mujer del presidente pide que se deje sin efecto la resolución, al entender que los elementos en los que el juez sustenta su criterio son "falaces" o "no tienen la entidad que les da el instructor".

"La única conclusión que puede extraerse del auto es que se está investigando a mi representada por ser cónyuge del presidente del Gobierno", sostiene la representación legal de Gómez, que además reprocha la "redacción confusa" de Peinado. A su juicio, la "falta de esa obligada motivación ponderativa" impide saber si el magistrado "ha tomado en consideración la circunstancia de que, por tratarse de un asunto muy mediático y abierto sin reservas a la opinión pública", la opción de someterlo a un jurado popular podría acarrear "una ulterior lesión" del derecho al juez imparcial tras el "juicio paralelo" generado por la "acción persistente" de los medios de comunicación y los "foros políticos".