Pradas solicita el archivo de la causa por la gestión de la dana tras el testimonio de Polo, negando negligencia

Tras el testimonio de Miguel Polo, Pradas solicita el archivo de su causa por la gestión de la dana, alegando falta de negligencia.

Archivo - La exconsellera de Justicia y Emergencias de la Generalitat valenciana Salomé PradasRober Solsona - Europa Press - Archivo

Salomé Pradas, ex consejera de Justicia e Interior, ha solicitado al juzgado que se archive la causa en su contra respecto a la gestión de la devastadora dana del 29 de octubre, tras la declaración de Miguel Polo, presidente de la Confederación Hidrográfica del Júcar (CHJ). Pradas enfatiza que durante la riada se produjo una ‘falta de información’ y defiende que no hubo negligencia por su parte.

Según el documento presentado por su defensa al Tribunal de Instancia de Catarroja Plaza número 3, se demanda el cierre de las actuaciones argumentando la ‘inexistencia’ de pruebas de criminalidad. Este planteamiento se fortalece, especialmente después de la declaración de Polo, que ha servido para descartar cualquier indicio de responsabilidad por negligencia de Pradas, tal y como se señaló en su testimonio.

La defensa destaca que Polo aclaró que no se manejó información sobre el barranco del Poyo en el Cecopi, lo cual es crucial ya que la mayoría de las víctimas perecieron por su desbordamiento. También mencionó que Polo admitió haber asistido a un evento en la UPV ese día, lo que indica que no percibió la gravedad de la situación.

El letrado de Pradas subraya la ‘imprevisibilidad’ de la situación y la inexistencia de una actuación omisiva negligente, apoyándose en la afirmación de Polo de que ‘nadie podía prever lo que iba a suceder’, aunque estaba al tanto de la alerta roja emitida por la Aemet. Además, señala que la falta de previsión y reacción se debió a un fallo en la cadena de información y no a acciones directas de Pradas.

Finalmente, la defensa concluye que los hechos investigados deben considerarse dentro de la responsabilidad administrativa y no penal, y reitera la petición de sobreseimiento basándose en la ausencia de previsibilidad y la información incompleta manejada durante el evento natural.

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