La parte acusadora en el caso de Yassine Kanjaa, quien enfrentaba cargos por el asesinato de un sacristán en Algeciras el 25 de enero de 2023, ha anunciado que impugnará la decisión de la Audiencia Nacional que resultó en su absolución.
El veredicto reconoció una eximente completa debido a un trastorno psiquiátrico, pero ordenó su internamiento en un establecimiento psiquiátrico penitenciario por un período que no excederá los 30 años.
Manuel Barberá, abogado de la acusación, declaró a Europa Press que la resolución judicial confirma la existencia de una eximente total, “es decir, que en el momento de los hechos no tenía conciencia de lo que estaba realizando”.
“Esto va en contra de los argumentos que veníamos sosteniendo nosotros, todas las acusaciones populares y la fiscalía, porque es verdad que tenía una alteración de su capacidad volitiva, pero no estaba anulada esta totalmente, de manera que tenía cierto conocimiento consciente de lo que estaba haciendo”, explicó Barberá.
Además, señaló que “la sala se inclina por la tesis de que su capacidad volitiva estaba totalmente anulada y por eso lo absuelve, aunque le aplique el internamiento en un tiempo no superior a 30 años”.
Barberá indicó que la acusación planea recurrir la sentencia, argumentando que “la existencia de una alteración psíquica en este caso no supuso para él no saber lo que estaba haciendo, sino que él tenía cierta capacidad de entender lo que estaba haciendo, sobre todo en los actos previos, que fueron en el proceso de radicalización que este hombre tuvo previos a los hechos que cometió”.
La sentencia de la Audiencia Nacional, según Europa Press, afirma que tras evaluar los informes periciales y las pruebas del juicio, Kanjaa mostraba un “cuadro de filiación esquizofrénica con una descompensación psicótica aguda con inaplicación afectiva y conductual que anulaba sus facultades intelectivas y volitivas, siendo así de apreciación la eximente del artículo 20.1 del Código Penal”.











