Quince meses de cárcel por difundir mensajes racistas en redes sociales

La Audiencia de Málaga condena a 15 meses de prisión a un hombre por mensajes racistas en redes y suspende la pena si cumple varias condiciones.

2 minutos

Ciudad de la Justicia de Málaga. Fachada EUROPA PRESS

Publicado

Última actualización

2 minutos

La Audiencia de Málaga ha condenado a un hombre a 15 meses de prisión por difundir en redes sociales mensajes xenófobos y racistas dirigidos contra personas extranjeras, con el objetivo de “estigmatizar y denigrar” a distintos colectivos y fomentar el odio.

Mensajes de odio difundidos de forma reiterada

La resolución judicial declara probado que el acusado utilizó sus perfiles en redes sociales, abiertos al público y sin restricciones, para publicar de forma continuada contenidos discriminatorios hasta mayo de 2025.

Según la sentencia, actuó “guiado por sentimientos de rechazo y animadversión” hacia personas de origen extranjero, judías, de religión islámica e inmigrantes en general, difundiendo mensajes con intención deliberada de señalamiento.

Publicaciones con “vocación de perpetuidad”

El tribunal subraya que el acusado gestionaba personalmente sus cuentas, en las que publicaba contenidos “con vocación de perpetuidad”, diseñados para permanecer en el tiempo y amplificar su alcance.

Estas publicaciones estaban dirigidas “de forma unidireccional” a estigmatizar y denigrar a los colectivos afectados, con el objetivo de “despertar sentimientos de odio, rechazo y hostilidad” entre la población.

Negacionismo y contenido xenófobo

Entre los mensajes difundidos, la Sala destaca que el condenado llegó incluso a negar la existencia del Holocausto, utilizando principalmente una cuenta en la red social X para compartir contenidos “claramente xenófobos y racistas”.

El tribunal considera especialmente relevante que el acusado era consciente del alcance de sus publicaciones, que podían difundirse sin control y multiplicar su impacto a través de comparticiones, aumentando la humillación hacia las víctimas.

Condena penal e inhabilitación

Por estos hechos, la Audiencia lo condena por un delito cometido en el ejercicio de los derechos fundamentales, en su modalidad de lesión a la dignidad.

La pena impuesta incluye 15 meses de prisión, una multa de 2.700 euros y la inhabilitación para ejercer profesiones educativas durante cinco años, además de la pena de cárcel.

Suspensión de la pena con condiciones

El fallo establece la suspensión de la pena de prisión durante tres años, condicionada a que el condenado no vuelva a delinquir en ese periodo.

Además, deberá retirar las publicaciones objeto del proceso y participar en un programa formativo sobre igualdad de trato, como medida de reeducación.

Conformidad del acusado y valoración del tribunal

La sentencia se dicta tras la conformidad del acusado con la Fiscalía, lo que ha facilitado la resolución del caso.

El tribunal acuerda la suspensión de la pena al considerar que se cumplen los requisitos legales, valorando el arraigo familiar, social y laboral del condenado, así como la entidad de la condena impuesta.