Ratificada la condena por abusos sexuales al hijo de su pareja de ocho años en El Ejido (Almería)

El TSJA confirma seis años de cárcel y diez de alejamiento para un hombre por abusar del hijo de su pareja, de ocho años, en una vivienda de El Ejido.

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Sede del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA). EUROPA PRESS

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El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía ha ratificado la condena a seis años de prisión impuesta a un hombre por realizar tocamientos sexuales al hijo de su pareja sentimental, cuando el menor tenía ocho años, aprovechando los momentos en los que ambos se quedaban solos en la vivienda familiar situada en El Ejido (Almería).

La Sala de Apelación mantiene íntegramente el fallo dictado por la Audiencia de Almería por un delito continuado de abuso sexual, y añade la prohibición de comunicarse con la víctima o acercarse a menos de 500 metros durante diez años, así como la inhabilitación para ejercer trabajos u oficios que impliquen contacto con menores durante el mismo periodo. Igualmente, confirma la obligación de pagar 20.000 euros en concepto de indemnización, junto con otras penas accesorias.

La resolución subraya que el condenado convivía con la madre y el niño y que se valió tanto de la diferencia de edad como del vínculo afectivo que había establecido con el menor, “como si de un padre se tratara”, para llevar a cabo los abusos sexuales.

Según detalla la sentencia, cuando se encontraban solos en la casa, el hombre se metía en la cama con el niño y, bajo la apariencia de un juego, sometía al menor a tocamientos de naturaleza sexual. En una de esas ocasiones llegó a sugerir al niño que le tocase sus genitales, petición a la que el menor se negó.

El fallo de instancia descartó, por otro lado, que el acusado hubiera obligado al menor a practicarle masturbaciones u otras agresiones sexuales de mayor gravedad, que se exhibiera desnudo ante él o que lo desnudara por la fuerza.

El tribunal del TSJA considera acreditada la existencia de prueba suficiente para desvirtuar la presunción de inocencia del acusado, apoyándose tanto en la declaración del menor prestada como prueba preconstituida como en el informe elaborado por las psicólogas de la Fundación Márgenes y Vínculos, que examinaron al niño y otorgaron verosimilitud a su relato al detectar un estado compatible con abusos sexuales.