El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha ratificado la pena de cinco años y seis meses de cárcel impuesta a un hombre por acuchillar en el costado a otro varón en un parque de Gádor (Almería) durante la jornada de Año Nuevo de 2024.
En su resolución, el tribunal andaluz rechaza el recurso de apelación formulado por la defensa y confirma la condena por un delito de homicidio en grado de tentativa dictada por la Audiencia Provincial de Almería. Esta sentencia incluye, además, la prohibición de aproximarse a la víctima a menos de 500 metros y de mantener contacto con ella durante nueve años, así como el abono de una indemnización de 2.080 euros.
La Audiencia también acordó la expulsión del condenado del territorio nacional una vez cumplidos dos tercios de la pena privativa de libertad, con la imposibilidad de regresar a España durante un periodo de diez años.
La Sala de Apelación descarta los motivos esgrimidos por la defensa, que invocaba la vulneración del derecho fundamental a la presunción de inocencia y negaba que el acusado fuera el responsable del apuñalamiento. Frente a ello, el TSJA sostiene que los argumentos del recurso no desvirtúan el examen “serio, riguroso y objetivo” realizado por la Audiencia y recalca que no se han presentado elementos que “evidencien una valoración arbitraria” del material probatorio.
En esta línea, el tribunal destaca que tanto la víctima como el testigo presencial mantuvieron una versión “inalterable” desde el inicio del procedimiento y concluye que la participación del acusado en los hechos no ofrece “ninguna duda”, dado que el testigo lo conocía de antes, había trabajado con él y facilitó a los agentes su identidad, su número de teléfono e incluso una fotografía que fue contrastada con la que figuraba en redes sociales.
La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Almería declaró probado que el acusado inició una disputa con dos hombres en un parque cercano al bar La Reja de Gádor y golpeó a uno de ellos con una botella de cristal. A continuación, utilizando una navaja “de grandes dimensiones”, le asestó una puñalada en el costado, provocando que la víctima se desplomara.
Cuando el acompañante del herido trató de frenar la agresión e intentó quitarle el arma, sufrió cortes en una mano al sujetar la hoja del cuchillo, tras lo cual el agresor abandonó el lugar y se dio a la fuga.
Como resultado del ataque, la principal víctima padeció una herida de arma blanca en la espalda, a la altura de la base del hemitórax izquierdo, que le ocasionó un neumotórax, además de otras lesiones, requiriendo 40 días para su curación, de los que diez fueron impeditivos. El segundo afectado presentó dos heridas en la mano izquierda y precisó diez días para sanar.
El TSJA respalda igualmente la apreciación de la intención homicida, al menos en la modalidad de dolo eventual, al considerar probado que el acusado empleó un arma “de gran capacidad lesiva potencialmente apta para causar la muerte o lesiones de gravedad”.
De este modo, la Sala confirma íntegramente la sentencia dictada en primera instancia y mantiene tanto la pena de prisión como el resto de medidas impuestas al condenado. Frente a esta resolución todavía cabe la posibilidad de interponer recurso de casación ante el Tribunal Supremo (TS).