Ratifican condena a mujer en Sevilla por hostigar a la actual pareja de su ex mediante mensajes

Archivo - Imagen de recurso en relación con un caso de acoso a través de redes sociales CENTRO COMERCIAL LOS ARCOS. - Archivo

La Audiencia de Sevilla ha ratificado la condena impuesta a una mujer acusada de acosar a la actual pareja de su exesposo. La sentencia, que fue dictada inicialmente por el Juzgado de lo Penal número uno de Sevilla, incluye un año y un mes de prisión y tres años de prohibición de comunicación por cualquier medio con la víctima, además de una compensación económica de 6.000 euros.

Detalle de la Sentencia

Según la resolución, redactada por la jueza María de los Ángeles Sáez Elegido y reportada por Europa Press, la acusada realizó múltiples llamadas y estuvo vigilando la residencia y el negocio de la denunciante, manteniendo una «actitud provocadora». Además, «le estuvo enviando de manera insistente y reiterada a través de Facebook, WhatsApp y SMS multitud de mensajes con insultos y amenazas».

Recurso de Apelación

La defensa de la condenada presentó un recurso de apelación argumentando insuficiencia de pruebas y violación del derecho a la presunción de inocencia y al principio ‘in dubio pro reo’. Sin embargo, la Audiencia destacó la falta de credibilidad en la declaración de la acusada y la existencia de pruebas documentales como capturas de mensajes que confirmaban los hechos denunciados.

Confirmación de la Condena

Tras evaluar el recurso, la Sección Séptima de la Audiencia decidió desestimar la apelación, confirmando así la sentencia inicial. Adicionalmente, se mencionó la posibilidad de que la acusada podría presentar un nuevo recurso de casación ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía.

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