El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía ha ratificado completamente la decisión de la Sección Tercera de la Audiencia de Jaén, que impuso una pena de doce años y medio de prisión a un hombre de 37 años por abusar sexualmente del hijo de 12 años de su empleador. La resolución incluye igualmente una compensación de 10.000 euros por los perjuicios físicos y emocionales infligidos al niño.
El incidente juzgado ocurrió el 17 de agosto de 2020, cuando el imputado se encargó del cuidado del hijo de sus jefes y tres amigos más en un cortijo familiar donde iban a pernoctar.
El implicado era considerado un hombre de confianza de la familia del menor, con quien había trabajado durante algunos años. Esa noche, los niños optaron por jugar al escondite en el cortijo, situado en una aldea de un municipio de Jaén.
La víctima, quien tenía 16 años al momento del juicio, testificó que se dividieron en dos grupos, y a él le tocó estar con el acusado, mientras sus tres amigos formaban el otro equipo.
En la audiencia, que tuvo lugar el 5 de marzo de 2024, el menor declaró que mientras estaba en una habitación del cortijo con el acusado, comenzaron los tocamientos de índole sexual hasta que finalmente fue inmovilizado y violado. «Me callé porque pensé que si gritaba o pedía ayuda, me haría daño», expresó el menor.
Esa misma noche, el niño lo compartió con sus amigos y trató de contactar a su madre y a su hermana sin éxito, por lo que decidieron dormir todos juntos en una habitación cerrada con llave.
Posteriormente, le reveló lo sucedido a su madre, quien lo llevó a un pediatra donde se detectó una fisura anal en el menor, llevando a la doctora a informar al Juzgado y a que los padres presentaran la denuncia correspondiente.
El menor expresó sentirse triste y lloró por lo ocurrido, admitiendo que no quería contar lo sucedido por miedo a no ser creído, especialmente porque el acusado era una persona muy cercana a su familia. El acusado, por su parte, negó los cargos y se declaró inocente, mientras que la madre del menor mencionó que el procesado le pidió perdón y solicitó no ser denunciado porque deseaba «una segunda oportunidad».
La Audiencia determinó que el procesado había utilizado violencia física contra el menor, afirmando que el niño quedó paralizado por el miedo y la situación que estaba viviendo, subrayando que el acusado cometió el delito aprovechando la vulnerabilidad del menor.
Frente al recurso presentado por la defensa del acusado, el TSJA desestimó cualquier error en la valoración de las pruebas, afirmando que la sentencia cuenta con una fundamentación sólida y correcta. La sentencia aún puede ser objeto de recurso de casación ante el Tribunal Supremo.