El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía ha ratificado el fallo de la Audiencia de Sevilla, que impone cinco años de prisión a un hombre por abusar sexualmente de su hija de entre ocho y diez años, aprovechando los encuentros permitidos por el régimen de visitas establecido con la madre de la menor.
La madre del acusado había declarado anteriormente ser víctima de violencia doméstica por parte del mismo, y la hermana del condenado indicó que él le había hecho ‘algo parecido’ a lo que sucedió con su sobrina.
En una resolución del pasado 8 de julio, comunicada por la Oficina de Comunicación del TSJA, se abordó el recurso de apelación del condenado contra la Sentencia de la Sección Séptima de la Audiencia de Sevilla, que no solo lo condena por abuso sexual continuado a menor de 16 años, sino también a la pérdida de la patria potestad por seis años, la prohibición de acercarse y comunicarse con su hija durante ocho años y al pago de una indemnización de 10.000 euros.
Según se estableció en la sentencia, los abusos ocurrieron en la vivienda del acusado en Guillena, desde finales de 2018 hasta mayo de 2021. Joaquín M.R., el condenado, ‘se acostaba con la menor en la misma cama, le quitaba el pijama y comenzaba a manosearle la zona pectoral y vaginal y a realizarle frotamiento con el pene en la zona genital de la niña’, según se detalla en el fallo.
EL TESTIMONIO DE LA MENOR
El TSJA menciona que en la sentencia impugnada, ‘la Audiencia quedó plenamente convencida de la culpabilidad del acusado al aceptar la versión proporcionada por su hija, que consideró creíble, verosímil y persistente, teniendo en cuenta, también, diversas corroboraciones aledañas que vinieron a apuntalarla, aportadas por su madre y su abuela, por la hermana del acusado, por la médico forense que exploró a la niña en el centro hospitalario al que acudió para ser reconocida tras la denuncia y por el informe psicológico de credibilidad emitido’. La Audiencia destacó la ‘espontaneidad y naturalidad de sus manifestaciones, los detalles que ofreció tanto respecto de los hechos en sí como del lugar donde se producían (en la casa de su padre, bien en su dormitorio, bien en el sofá del salón), la hora en que solían ocurrir (por la noche), y otros detalles como la posición en la que ella se encontraba (mirando a la pared, girándola el acusado), que ella se hacía la dormida, o que durante el día ella le decía que tenía dificultades para conciliar el sueño, con la esperanza de que persuadiría a su padre para no que no la volviera a tocar cuando llegara la noche’.
Además, se añade el testimonio de la madre, quien dijo que ‘cuando le tocaba ir a la casa de su padre, la niña comenzaba a llorar y gritar, diciendo que no quería ir porque su padre la había violado’, testimonio presenciado por su abuela.
La hermana del acusado también confirmó haber experimentado ‘algo parecido’ a principios de 2021, cuando él se le acercó en la cama y le tocó inapropiadamente. A raíz de esto, recomendó a la menor que compartiera lo sucedido con su madre, lo cual hizo efectivamente.
En respuesta al recurso de la defensa, el TSJA rechazó las alegaciones sobre posibles dudas en los testimonios de la madre y la abuela por haber sido víctimas de malos tratos, y desestimó el recurso de apelación, confirmando la sentencia inicial.