La Audiencia Nacional, a través de su sala de lo Contencioso, ha ratificado la negativa a otorgar el estatus de refugiado y protección internacional a un hombre que escapó de Argelia hacia Ibiza. El implicado declaró que huía de una banda criminal debido a una deuda no pagada tras recibir un préstamo para un emprendimiento.
El solicitante alegó que el gobierno argelino confiscó sus embarcaciones y que, al no liquidar su deuda con el grupo criminal, fue agredido con arma blanca y perseguido, lo que forzó a su familia a desplazarse a Francia mientras él navegaba hacia Ibiza.
El recurso contencioso-administrativo fue interpuesto contra la decisión de la directora general de Política Interior, que en febrero de 2022 ya había rechazado su petición de protección internacional. La decisión inicial descartaba la existencia de persecución por motivos de raza, religión, nacionalidad, opiniones políticas o pertenencia a un grupo social específico, y no reconocía tampoco agravantes de salud por lesiones ni objeciones al servicio militar obligatorio que el hombre había mencionado.
Detalles de la Sentencia
La Audiencia Nacional reconoció la complejidad de demostrar persecución efectiva, pero indicó que ‘no existen indicios de la persecución que se alega ni de inactividad del estado argelino en la represión de las amenazas de muerte y agresión’. Además, la solicitud de asilo se presentó durante su internamiento en el CIE de Barcelona, tras determinarse su devolución por entrada ilegal.
La sentencia destaca la confusión en el relato de los hechos, cuestionando la falta de denuncias por las agresiones y la mezcla de motivos en la solicitud de asilo. Finalmente, la Audiencia impuso al demandante el pago de las costas, determinando que no existe una situación de vulnerabilidad que justifique su permanencia en España.
















