El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía ha confirmado la condena a seis años de prisión impuesta a un taxista pirata que agredió sexualmente a una mujer a la que trasladaba en su vehículo y a la que abandonó después en una zona aislada de Tabernas (Almería), tras consumar la violación.
La Sala desestima el recurso de apelación presentado por la defensa del condenado y mantiene, además de la pena de prisión, otros seis años de libertad vigilada y la prohibición de comunicarse con la víctima o acercarse a menos de 300 metros durante 12 años, junto con otras medidas accesorias.
Los hechos se remontan al 20 de septiembre de 2020, cuando la mujer contrató los servicios del acusado, al que conocía de antes, para desplazarse desde el barrio almeriense de El Puche hasta Tahal, ya que este se dedicaba a realizar trayectos como taxi pirata.
Cuando el vehículo llegó al punto de recogida, la pasajera ocupó el asiento delantero del copiloto y emprendieron la marcha. Al aproximarse a la zona del poblado Mini Hollywood de Tabernas (Almería), el hombre detuvo el coche en un lugar apartado de la carretera alegando que necesitaba orinar.
En ese momento, el acusado salió del vehículo, rodeó hasta la puerta del copiloto y la abrió para dirigirse a la mujer, a la que manifestó que "le gustaba". Acto seguido, la sujetó por la cabeza con la intención de besarla en la boca. La víctima se negó y trató de apartarlo con un empujón, ante lo que el procesado reaccionó "de manera agresiva", la inmovilizó cogiéndola por los brazos por la espalda y la agredió sexualmente. Tras ello, se subió al coche y se marchó, dejando a la mujer abandonada en el lugar.
La afectada telefoneó a sus padres, que acudieron a recogerla y la trasladaron en primer lugar a un centro de salud. Posteriormente fue derivada al Hospital Universitario Torrecárdenas de Almería capital, donde fue examinada y atendida de las lesiones sufridas.
El tribunal aprecia indicios suficientes para concluir que la relación sexual "fue forzada y no consentida" y que el acusado "usó violencia física para vencer la resistencia" de la víctima, apoyándose no solo en su relato sino también en las lesiones observadas y en el estado de sus prendas de vestir, algunas de ellas rasgadas.
Asimismo, la Sala subraya que, aunque de las conversaciones entre ambos se desprende que existía una "relación de amistad", ello no merma la solidez del testimonio de la mujer, máxime cuando en su ropa interior y en su zona íntima se encontró ADN del condenado.