El próximo 27 de octubre, la sección cuarta de la Audiencia Provincial de Pontevedra celebrará una vista por violencia de género, derivada del Tribunal de Instancia de A Estrada.
Según el documento de acusación del Ministerio Público, el imputado y la denunciante se casaron en 2017 y comenzaron los procesos de divorcio en 2024, aunque el acusado no aceptaba la disolución de su vínculo matrimonial.
“Con el propósito de perturbar su paz y tranquilidad, así como de controlar en todo momento lo que hacía, comenzó a llamarla de manera insistente y a mandarle audios, diciéndole que tenía que decirle donde estaba en cada momento”.
El acoso telefónico incluyó hasta ocho llamadas en un solo día, el 31 de enero, y en otra ocasión más de 40 llamadas. La situación se intensificó cuando él se enteró de que su exesposa había empezado una nueva relación sentimental. En un incidente, el hombre llegó a tocar las nalgas de la mujer sin su consentimiento.
La Fiscalía califica estos actos como un delito continuado de coacciones leves y otro contra la libertad sexual, proponiendo una condena de un año por el primero y tres años por el segundo, además de una compensación de 6.000 euros para la víctima.