Solicitan hasta seis años de prisión para el exalcalde de Cantoria por la compra irregular del Palacio de Almanzora

La Fiscalía y el Ayuntamiento de Cantoria piden hasta seis años de cárcel para el exalcalde Pedro Llamas por la compra irregular del Palacio de Almanzora.

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Audiencia Provincial de Almería. EUROPA PRESS

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La Fiscalía de Almería y el Ayuntamiento de Cantoria reclaman penas que alcanzan los seis años de cárcel y diez años de inhabilitación para el exalcalde del PP Pedro Llamas, al que atribuyen la adquisición irregular del inmueble conocido como Palacio de Almanzora con fondos municipales.

Por estos hechos, será enjuiciado ante la Sala de lo Penal de la Audiencia Provincial de Almería como presunto responsable de delitos de prevaricación administrativa y malversación de caudales públicos.

El auto de apertura de juicio oral dictado por la Sección Civil y de Instrucción del Tribunal de Instancia de Huércal-Overa, al que ha tenido acceso Europa Press, aprecia indicios suficientes contra el exregidor. Esta valoración ha llevado tanto al Ministerio Público como al Ayuntamiento, personado como acusación particular mediante el letrado Javier Salvador, del despacho Aránguez Abogados, a formalizar sus escritos de acusación.

En su calificación provisional, la Fiscalía solicita cuatro años de prisión y ocho años de inhabilitación especial por malversación, así como nueve años de inhabilitación especial por prevaricación, además del reintegro de las cantidades abonadas con cargo al presupuesto municipal.

El Ayuntamiento, por su lado, endurece la petición hasta seis años de prisión y diez años de inhabilitación, añadiendo la devolución de 40.400 euros más los intereses legales que procedan.

Los hechos se sitúan en diciembre de 2009, cuando Llamas (PP) habría firmado un contrato privado de compraventa con un particular para que el Consistorio adquiriera una parte del Palacio de Almanzora por 360.000 euros, una operación que, según las acusaciones, se llevó a cabo “sin cumplir con los trámites legalmente previstos”.

Las partes acusadoras sostienen que la decisión se adoptó sin incoar expediente de contratación, sin los informes técnicos, jurídicos y económicos preceptivos y sin la correspondiente consignación presupuestaria.

En ese marco, entre 2011 y 2012 el Ayuntamiento llegó a desembolsar 40.400 euros mediante varios pagos fraccionados con dinero público. En concreto, se abonaron el 1 de marzo de 2011 la suma de 25.000 euros; el 14 de octubre de 2011, 1.100 euros; el 15 de diciembre de 2011, 3.300 euros; el 6 de febrero de 2012, 2.200 euros; y el 16 de noviembre de 2012, 8.800 euros.

Los informes obrantes en la causa recogen que tanto la Secretaría como la Intervención municipal formularon “constantes reparos” en los que advertían de la ilegalidad de los pagos y de la improcedencia de asumir intereses derivados del contrato privado, objeciones que habrían sido desestimadas mediante resoluciones de Alcaldía.

De acuerdo con la acusación, estas resoluciones no se elevaron al Pleno, pese a la obligación legal de hacerlo, lo que habría impedido “deliberadamente” el control de los órganos colegiados del Ayuntamiento sobre la operación.

Para el Ministerio Fiscal, los hechos encajan en un delito de prevaricación administrativa y otro de malversación de caudales públicos, mientras que la acusación particular incide en el perjuicio ocasionado a las arcas municipales.

En el juicio está prevista la práctica de las pruebas propuestas por las partes, entre ellas el interrogatorio del exalcalde, la declaración de testigos —entre los que figuran el exsecretario municipal, el vendedor del inmueble y agentes de la Guardia Civil—, así como la ratificación de los informes policiales y de la documentación incorporada al procedimiento.