Solicitud de nulidad en el ‘caso Montoro’ presentada ante la Audiencia de Tarragona

Archivo - El exministro de Hacienda Cristóbal Montoro durante la comisión de investigación sobre la denominada ‘Operación Cataluña’, en el Congreso de los Diputados, el pasado abril. Europa Press - Archivo

El bufete Equipo Económico y su socio director, Manuel de Vicente Tutor, han solicitado a la Audiencia Provincial de Tarragona que «declare la nulidad de todas las actuaciones declaradas secretas» en el proceso que afecta a cerca de treinta individuos, incluyendo al exministro Cristóbal Montoro, por supuestos privilegios políticos a compañías, principalmente del sector gasístico.

Este lunes, se ha introducido un recurso de apelación –accesible a Europa Press– contra la resolución del Juzgado de Instrucción Número 2 de Tarragona del 2 de agosto de 2018 que imponía el secreto sobre las actuaciones, y «contra los autos sucesivos que acordaron sus reiteradas prórrogas, hasta el auto de 19 de junio de 2025 por el que se acordó levantar el secreto».

El letrado José Antonio Choclán, representante de la defensa, también ha pedido que «se decrete el sobreseimiento libre y archivo de la presente causa» que se inició hace siete años bajo la dirección del juez Rubén Rus.

PROCEDIMIENTO «VICIADO DE NULIDAD»

El escrito critica que el juez instructor mantuviera el caso en secreto durante siete años, lo cual, según ellos, ha hecho que el procedimiento esté «viciado de nulidad».

Se enfatiza que «la lesión de derechos fundamentales resulta ya irremediable y no se repara por la mera circunstancia de levantar el secreto de las actuaciones tardíamente cuando la indefensión efectiva ya se ha producido, con vulneración del derecho fundamental a un proceso justo».

Según la defensa, la «indebida prolongación del secreto» ha permitido que «un juzgado manifiestamente incompetente haya podido investigar sin competencia territorial unos hechos durante más de siete años, con opacidad y ocultación a las partes, salvo el Ministerio Fiscal».

La defensa apela a la Ley de Enjuiciamiento Criminal (LECrim), la jurisprudencia del Tribunal Supremo y las doctrinas del Tribunal Constitucional y del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH), recordando que el secreto judicial no debería extenderse «más tiempo del que sea estrictamente necesario para preservar el fin legítimo de la investigación judicial».

Se resalta además que el juzgado prolongó el secreto de la causa «en contra de lo solicitado por el Ministerio Fiscal». La Fiscalía había señalado que los investigados ignoraban la existencia del procedimiento y no habían sido considerados como parte, privándoles así de la oportunidad de participar en las diligencias y de ejercer su derecho a la defensa.

«ESPECIAL INDEFENSIÓN»

La defensa critica que las imputaciones se hayan retrasado «más allá de lo estrictamente necesario» cuando el juzgado ya había identificado «indicios de criminalidad desde al menos el 16 de diciembre de 2021».

Denuncian la «especial indefensión» de los investigados en este caso, «dado el tiempo añadido de instrucción transcurrido sin su conocimiento, el aprovechamiento de documentación y, en general, de información que hubiera sido esencial para la defensa de los hechos investigados, acontecidos en 2014 y en 2018, es decir, hace hoy 11 años y 7 años respectivamente».

Finalmente, se menciona que «la normativa tributaria contempla un plazo general de prescripción de 4 años», mientras que la normativa contable establece un plazo de 6 años «como tiempos de referencia para la conservación de documentación».

Concluyen que «tras siete años de instrucción no puede pretenderse que las defensas puedan intervenir contradictoriamente en todas y cada una de las diligencias de instrucción, sin que ello no produzca nuevas y acentuadas dilaciones».

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