El Tribunal Supremo (TS) ha dictado que el fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, “no puede responder a una noticia falsa mediante la comisión de un delito”, al considerar que en este asunto se produjo un delito de revelación de secretos contra Alberto González Amador, pareja de la presidenta madrileña, Isabel Díaz Ayuso, tanto por la filtración del ‘email’ clave como por la difusión de la nota de prensa.
La resolución se ha hecho pública este martes, cerca de tres semanas después de que el tribunal que enjuició a García Ortiz adelantara el sentido del fallo, en el que se acordó imponerle dos años de inhabilitación para el cargo, una multa de 7.200 euros y el pago de 10.000 euros a González Amador en concepto de daños morales.
El pasado 24 de noviembre, cuatro días después de conocerse el fallo, García Ortiz presentó su dimisión. Tras ello, el Gobierno comunicó que la fiscal de sala del TS Teresa Peramato era la propuesta para sustituirle al frente del Ministerio Público.
Junto a la sentencia figura el voto particular de las magistradas de perfil progresista Ana Ferrer y Susana Polo, que se han apartado del criterio mayoritario de sus colegas Andrés Martínez Arrieta, Manuel Marchena, Antonio del Moral, Juan Ramón Berdugo y Carmen Lamela. Polo era inicialmente la ponente del caso, pero, al discrepar del resto, la redacción final pasó a manos de Martínez Arrieta. Según fuentes jurídicas, este cambio de ponente y la necesidad de notificarlo a las partes motivaron que se adelantara la comunicación del fallo.
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