El Tribunal Supremo ha hecho pública este martes la sentencia en la que resuelve la causa especial contra el Fiscal General del Estado, Álvaro García Ortiz, por revelación de secretos y por la nota informativa de Fiscalía en relación con el procedimiento abierto a Alberto González Amador, y de la que se conocía el fallo por el que García Ortiz era condenado a dos años de inhabilitación, lo cual provocó su dimisión.
La resolución, dictada por la Sala de lo Penal y con ponencia del magistrado Andrés Martínez Arrieta, analiza los hechos ocurridos entre febrero y marzo de 2024, entre ellos la difusión a medios de comunicación del contenido de un correo enviado por la defensa de González Amador y la publicación posterior de una nota informativa elaborada desde la Fiscalía General del Estado.
El tribunal detalla la secuencia completa de actuaciones, desde la recepción de varias querellas acumuladas, la instrucción de la causa, el desarrollo del juicio oral en noviembre de 2025 y las posiciones mantenidas por las acusaciones —particular y populares—, el Ministerio Fiscal y la defensa, ejercida por la Abogacía del Estado.
Hechos probados
La sentencia expone los hechos que declara probados, entre ellos la transmisión del correo del 2 de febrero de 2024 a un periodista, así como la difusión anticipada de la nota informativa que la Fiscalía tenía previsto publicar el 14 de marzo. Según el fallo, aquellos elementos fueron determinantes para analizar la existencia de divulgación de datos reservados incluidos en diligencias de investigación.
El documento incorpora además los votos particulares de dos magistradas de la Sala y dedica un amplio bloque a las cuestiones previas planteadas por la defensa, relativas al secreto de las actuaciones, la validez de las diligencias de investigación y el alcance de las pruebas incorporadas al procedimiento.
Con la publicación de esta resolución, el Supremo cierra una causa que había suscitado un intenso seguimiento institucional y político, al afectar al máximo responsable del Ministerio Fiscal y derivar de un procedimiento penal aún en tramitación en un juzgado de Madrid contra González Amador.
Consideraciones
El Supremo considera probado que fue el entonces fiscal general, o una persona de su entorno y con su conocimiento, quien filtró el correo del abogado de González Amador a la Cadena SER. Respecto a la nota informativa, que recogía la propuesta de conformidad de González Amador con reconocimiento de dos delitos, subrayan que el propio acusado admitió su intervención en la misma.
En la sentencia, el tribunal recuerda que el fiscal general del Estado no puede responder a una noticia falsa mediante la comisión de un delito y destaca que sobre él pesaba un reforzado deber de reserva que quebrantó sin justificación.
La Sala no cuestiona la credibilidad de los periodistas ni la veracidad de sus testimonios expuestos durante el juicio, pero afirma que el que un dato reservado sea conocido no neutraliza el deber de confidencialidad del fiscal general. La sentencia destaca el exquisito respeto del tribunal al secreto profesional de los periodistas durante el desarrollo del juicio.
Por otra parte, el voto particular de las dos magistradas contrarias a la sentencia propugna la absolución de García Ortiz por no considerar probado que filtró el correo y no ver delito en la difusión de la nota informativa.
